Economía -

Sentencia

El TSJPV reconoce como accidente de trabajo la recaída de una baja

La sentencia obliga a la aseguradora Mutualia a hacerse cargo de la prestación de la baja de un trabajador de la empresa Indesa 2010 SL.

TSJPV. Foto: EiTB
TSJPV. Foto: EiTB
TSJPV. Foto: EiTB

AGENCIAS | REDACCIÓN

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido en una sentencia como accidente de trabajo la recaída de una baja que un trabajador sufrió entre enero y noviembre de 2014, y ha obligado a la aseguradora Mutualia a hacerse cargo de la prestación correspondiente.

Según ha informado hoy en un comunicado Comisiones Obreras, R.P.G. trabajaba en la empresa Indesa 2010 SL, subcontratada por Cegasa en Vitoria-Gasteiz.

El trabajador sufrió un primer periodo de baja que fue reconocido como accidente de trabajo por Mutualia entre el 8 y el 26 de noviembre de 2013.

El empleado hizo saber a la aseguradora que no estaba recuperado y el 28 de enero de 2014 tuvo que empezar un nuevo periodo de baja, esta vez en Osakidetza, al no reconocer Mutualia esa nueva baja como accidente de trabajo, alegando que no existía hecho traumático en sí mismo, según informa el sindicato.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social también consideró que este nuevo periodo de baja era una contingencia común tras las dos reclamaciones que ante este organismo presentó el trabajador.

La sentencia del TSJPV estima que el periodo de baja iniciado el 28 de enero del 2014 también es un accidente de trabajo porque este periodo de baja se debía a una recaída del anterior, por lo que Mutualia tendrá que hacerse cargo del pago de la prestación de baja del trabajador.

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