Economía -

Sentencia

Condenan a Izar a indemnizar con 229.000 euros a un fallecido por amianto

El operario trabajó durante 10 años limpiando el interior de barcos expuestos a la sustancia cancerígena sin ninguna protección.

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: Izar enpresa zigortu dute amiantoagatik hildako langile baten auzian

El Juzgado de lo Social número 7 de Bilbao ha condenado a la empresa Izar Construcciones Navales S.A. a indemnizar con 229.302 euros a la viuda y dos hijas de un trabajador, que falleció en marzo de 2016 a consecuencia de una enfermedad provocada por la exposición al amianto, según ha informado ASVIAMIE, Asociación vasca de victimas del amianto.

La víctima, P.G.F, sufrió una parada respiratoria un año después que el Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconociera Incapacidad Absoluta derivada de Enfermedad Profesional por paquipleuritis e insuficiencia respiratoria severa.

El fallecido trabajó en Astilleros Españoles desde 1958 a 1988, 10 de ellos en la obra civil dentro y fuera de los pabellones o el interior de los barcos, realizando tareas de limpieza en las bodegas de los barcos. Esta labor se realizaba sin protección respiratoria alguna --sin mascarillas ni sistemas de extracción--, junto a quienes cortaban y manipulaban las planchas de amianto en el interior de los barcos.

Más tarde, ocupó el puesto de gruista hasta que, afectado por la reestructuración del Astillero, se prejubiló a los 55 años. En 2011 le diagnosticaron una patología pleural benigna derivada de la exposición al amianto y en 2015 le reconocieron la Incapacidad Absoluta por insuficiencia respiratoria severa.

Por ello, precisaba oxígeno domiciliario y tratamiento hospitalario por las infecciones respiratorias. La empresa no ha acreditado en ningún momento que implementara medida alguna para reducir el riesgo frente a la sustancia cancerígena. Incluso los trabajadores llevaban al domicilio para su lavado, la ropa de trabajo contaminada, pese a la legislación que obligaba su lavado a la empresa.

La sentencia indica que la empresa incumplió la amplia legislación de Seguridad e Higiene de 1941 o el Reglamento sobre Industrias Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1961.  En este sentido, cree que "no cabe duda" de que, si la empresa hubiera cumplido la legislación habría reducido el riesgo de enfermedades respiratorias y cancerígenas.

ASVIAMIE, por su parte, reclama a Inspección de Trabajo y Osalan una campaña dirigida a los servicios de prevención y empresas, orientada al control y prevención "de las múltiples sustancias cancerígenas presentes en los puestos de trabajo".

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