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Audiencia Nacional

Dos condenados por cobrar dinero para ETA en el bar Faisán

Ha condenado por pertenencia a ETA a Jean Pierre Harocarene (4 años de cárcel) y por colaboración a Emilio Castillo González (2 años y 6 meses). Sagarzazu, Aristizabal y Luquín, absueltos.

Bar Faisán de Irun. Foto: EiTB
Bar Faisán de Irun.
Bar Faisán de Irun. Foto: EiTB

agencias | redacción

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La Audiencia Nacional ha sentenciado a penas de 4 y 2 años y medio de prisión a dos personas acusadas de ser miembros de la red de extorsión de ETA que funcionaba en torno al bar Faisán de Irun, los únicos condenados después de que otros tres hayan sido absueltos.

La sección primera ha condenado de un delito de pertenencia a ETA a Jean Pierre Harocarene (4 años de cárcel) y de otro de colaboración a Emilio Castillo González (2 años y 6 meses), y ha absuelto por falta de pruebas a Ramón Sagarzazu, Ignacio Aristizabal y José Carmelo Luquín, este último yerno del propietario del bar Faisán, el fallecido Joseba Elosua.

Los sentenciados formaban parte de una subestructura de ETA llamada Gezi (Punta de flecha) liderada por Elosua, quien recibió un chivatazo policial en mayo 2006 que frustró la operación policial contra esta red de extorsión y por el que la Audiencia condenó a los policías Enrique Pamies y José María Ballesteros a 1 año y medio de prisión.

Según la resolución de la Audiencia Nacional, queda probado que el bar Faisán era "uno de los lugares habituales para que las personas que habían recibido las cartas (de extorsión) pudiesen entrar en contacto con ETA para negociar las cantidades y los plazos de los pagos".

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