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JUICIO

El juez absuelve a Zubiaurre del delito contra la intimidad

Según recoge la sentencia, se le absuelve porque el delito contra la intimidad que se le atribuía no estaba en vigor cuando sucedieron los hechos.

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Zubiaurre eta haren txofer ohia absolbitu egin ditu epaileak

El Juzgado de lo Penal número 5 de Bilbao ha absuelto al exdirector general de Sprilur, Antton Zubiaurre, y a su exchófer, Iñaki Urrutxua, a los que se acusaba de espiar el correo electrónico del exdirector técnico de la SPRI en la época en la que gobernaba el PSE-EE. El propio Zubiaurre reconoció los hechos, pero en la sentencia se les absuelve porque el delito contra la intimidad que se les atribuía no estaba en vigor cuando sucedieron los hechos.

La sentencia señala que los hechos objeto de enjuiciamiento son calificados, tanto por el ministerio fiscal como por la acusación particular, de un delito contra la intimidad del artículo 197.3 del Código Penal. En la resolución, se apunta que este artículo ha sido objeto de varias reformas.En concreto, indica que se modificó por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, que entró en vigor el 23 de diciembre de 2010, introduciéndose un nuevo delito en el apartado 3 del artículo 197. La sentencia precisa que los hechos que se enjuician fueron cometidos entre el 15 de octubre de 2009 y el 28 de marzo de 2010 cuando el apartado 3 del artículo 197 no había entrado en vigor.

Por lo tanto, asegura que, tanto el ministerio fiscal como la acusación particular formularon acusación por un delito no vigente en el momento en el que se produjeron los hechos.

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