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Absuelven al miembro de ETA Txus Martin de la colocación de una bomba

La Audiencia Nacional ha decretado la absolución del miembro de ETA Txus Martin, por colocar una bomba en un bar de la localidad vizcaína de Leioa en 1993 al declarar que ha prescrito el delito.

Redacción

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La Audiencia Nacional ha decretado la absolución del miembro de ETA Txus Martin, por colocar una bomba en un bar de la localidad vizcaína de Leioa en 1993 al declarar que ha prescrito el delito.

El tribunal considera probado que Martín Hernando, junto con Koldo Martín Carmona, colocaron el 6 de septiembre de 1993 una bomba junto a un bar situado a la altura de los números 4 y 6 de la Avenida de Amaia, de Leioa. El artefacto, de alta potencia, fue desactivado por la Ertzaintza.

A pesar de declarar probada la autoría del atentado, los jueces establecen que el delito prescribía a los diez años. Indican que Martín Hernando fue procesado en un auto el 18 de mayo de 1995 y declarado en rebeldía en otra resolución dictada el 30 de mayo del mismo año.

El miembro de ETA fue detenido en Francia el 31 de enero de 2002. Los tribunales galos lo juzgaron y condenaron a siete años de cárcel en 2005. Sin embargo, hasta abril de 2010 el Juzgado Central de Instrucción número 2 no recibió comunicado del magistrado de enlace en Francia dando cuenta de que el procesado estaba encarcelado en el país vecino, reactivando entonces la causa y solicitando la extradición.

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