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Un mosso a un paquistaní: 'Identificate porque eres negro y punto'

Un joven de Pakistán ha acudido al Tribunal Constitucional por ser identificado de manera discriminatoria.

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Un ciudadano paquistaní con permiso de residencia en España de larga duración, Zesahn Muhammad, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por haber sido identificado de manera discriminatoria por su color de piel en Barcelona en 2013.

Zeshan, de 23 años de edad, ha recurrido al tribunal de garantías porque el agente que le identificó le reconoció que lo hacía "por ser negro", según ha relatado él mismo a EFE en las puertas del Constitucional.

Según relata el joven, cuando un policía le requirió identificarse, preguntó si se debía a su color de piel. "Sí, porque eres negro y punto y te jodes, ¿qué pasa?", le respondió el agente, quien además le propinó una bofetada, según la víctima. "Quedas detenido por chulo", añadió.

Se trata de una "identificación por perfil étnico", algo que las asociaciones defensoras de los derechos civiles que le respaldan, como Sos Racisme Catalunya y Open Society Justice, consideran "ilegal".

"Esta práctica es discriminatoria, criminaliza la población afectada e incumple el principio de igualdad recogido en la Constitución Española", ha sostenido la portavoz de Stop Racism Catalunya, Alba Cuevas, quien además ha lamentado que no se trata de "una práctica aislada" sino que responde a un "racismo institucional".

No es la primera vez que un recurso de este tipo llega al Constitucional. En 1992, Rosalind Williams fue identificada por su perfil étnico -pese a ser española por matrimonio- en Valladolid.

Williams, quien ha acudido hoy también a la presentación del recurso, llevó su caso también hasta este tribunal en 2001, pero el Constitucional sentenció que "la apariencia étnica o racial podía justificar una identificación".

Rosalind Williams continuó su lucha hasta que en el año 2009 el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas contradijo al TC y estableció que "las meras características físicas no deben ser tomadas en consideración como indicios de su posible situación ilegal en el país".

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