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Sentencia

Condenado un comercio vitoriano a pagar 25.000 euros a un cliente

Estuvo detenido varias horas porque el establecimiento sospechó que había utilizado un billete falso de 500 euros. Después, se demostró que el billete era legal y el hombre acudió a tribunales.

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Gasteizko saltoki bat, bezero bati 25.000 euro ordaintzera zigortua

Un establecimiento comercial deberá indemnizar con 25.000 euros a un cliente que fue detenido durante varias horas por sospechar que utilizó un billete falso de 500 euros para abonar su compra. El demandante permaneció en dependencias policiales durante casi cinco horas, pese a que, finalmente, se demostró que la moneda utilizada era de curso legal, según una sentencia de la Audiencia Provincial de Álava.

Según la resolución judicial, los hechos ocurrieron el pasado 13 de mayo de 2015, cuando el demandante accedió al establecimiento Brico Depot, ubicado en el centro comercial Gorbeia de Vitoria-Gasteiz, y pretendió pagar los productos que había comprado con un billete de 500 euros.

La cajera pasó varias veces la moneda por el detector de billetes falsos, que pitó en todas las ocasiones. Posteriormente, utilizó un rotulador, que rechazó también el billete, por lo que la empleada rechazó la compra pese a las protestas del cliente.

Con posterioridad a este suceso, tomó un producto y trató de pagar con el mismo billete en otra caja. El billete volvió a pitar en el detector de esa caja, por lo que la encargada de la central retuvo los 500 euros y llamó a la Ertzaintza. El hombre fue detenido y conducido a dependencias policiales por un presunto delito de estafa.

Cinco días más tarde, la Ertzaintza concluyó que el billete era auténtico. El Juzgado de Instrucción número 1 de Vitoria-Gasteiz decidió entonces sobreseer el proceso, y ordenó que se devolviera el el billete a su dueño el 2 de junio del mismo año. Sin embargo, el hombre presentó una demanda ante la Audiencia de Álava.

La sentencia estima que el demandante ha sufrido daño moral imputable al establecimiento comercial que propició esa situación. Por ello, condena al establecimiento comercial a indemnizar el daño moral ocasionado al cliente con un total de 25.000 euros. La resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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