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Violencia machista

12 años de cárcel por violar y maltratar a su pareja en Pamplona

El fallo sostiene que el 11 de enero de 2015 el acusado violó a la mujer tras amenazarle con unos cuchillos.

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: 12 urteko zigorra, emakume bat bortxatu eta tratu txarrak emateagatik

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 12 años de prisión a un acusado de maltratar de forma habitual a su pareja y violarla en una ocasión tras romper la relación sentimental.

El procesado, H.T.B., de 38 años, deberá indemnizar además a la víctima con 15.000 euros por el daño moral y no se podrá acercar ni comunicarse con ella durante 23 años.

Según indica la sentencia, que puede ser recurrida, ambos se conocían desde la infancia, y cuando ella tenía 19 años comenzaron una relación de pareja con convivencia.

En 2008 vinieron juntos a Pamplona, momento a partir del cual el procesado mostró un "carácter violento" hacia su pareja.

La situación se agravó cuando en mayo de 2010 ella dio a luz y él se negó a reconocer la paternidad del recién nacido alegando que no se le parecía físicamente.

Aunque el acusado ejerció las funciones de padre y el niño lo identificó como tal, desde el nacimiento comenzó a insultar, menospreciar y amenazar a la mujer, a la que en una ocasión le aseguró que le iba a matar.

"Te voy a matar, te voy a cortar la cabeza, te voy a prender fuego", le espetó ese día, y de forma habitual además, según se considera probado, el acusado controlaba el móvil de su mujer, a dónde iba, con quién estaba, cómo se relacionaba, y el dinero del que podía disponer.

Una vez que dieron por finalizada la relación sentimental ambos continuaron conviviendo juntos porque ella no podía mantener al niño y hacer frente a los gastos de la casa, si bien cada uno tenía su propia habitación y compartían los espacios comunes.

El fallo sostiene que el 11 de enero de 2015 el acusado violó a la mujer tras amenazarle con unos cuchillos, por lo que se le piden 10 años de prisión tras subrayar que el testimonio de la denunciante "se ha mostrado persistente y sin contradicciones" y se ha mantenido "constante y sin variaciones".

Considera igualmente acreditado el delito de maltrato habitual, por el que fija dos años de cárcel, ante la "sólida, coherente y creíble" declaración de la víctima, y al respecto precisa que ha relatado "múltiples episodios sucedidos a lo largo de varios años y, por tanto, la falta de concreción de fechas no priva de virtualidad y valor al testimonio".

El tribunal destaca por último que la declaración de la mujer viene avalada por otros medios de prueba como la inmediatez de la denuncia, los datos constatados en la inspección ocular llevada a cabo por la Policía Foral, la información pericial ofrecida por la Policía Foral y los informes médicos, que concluyen que la totalidad de lesiones descritas son compatibles con la agresión referida.

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