Crisis Económica -

Nuevo impuesto

Cataluña prevé sanciones por fuga de depósitos

El decreto ley aprobado por la Generalitat prevé la creación de un impuesto sobre los depósitos bancarios que prevé deducciones vinculadas al arraigo de las diferentes entidades financieras.

Cataluña prevé sanciones por fuga de depósitos. EFE
Cataluña prevé sanciones por fuga de depósitos
Cataluña prevé sanciones por fuga de depósitos. EFE

Redacción

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El decreto ley que ha aprobado este martes el gobierno catalán y que prevé la creación de un impuesto sobre los depósitos bancarios en Cataluña prevé sanciones "por deslocalización de depósitos" y deducciones vinculadas al arraigo de las diferentes entidades financieras en Cataluña.

Según este decreto, que consta de doce artículos, el impuesto se aplicará a los depósitos a la vista y a los depósitos a plazo captados en Cataluña por entidades financieras cuya sede está en esta comunidad o que tienen oficinas en este territorio.

Si una entidad financiera ha captado depósitos por valor de hasta 150 millones de euros en Cataluña, se le aplicará un gravamen del 0,3%; de esta cantidad hasta los 600 millones, se aplicará el tipo del 0,4% y de los 600 millones en adelante, el gravamen será del 0,5%.

Aún así, habrá deducciones de la cuota resultante en 200.000 euros para aquellas entidades de crédito cuya sede esté en Cataluña, y de 5.000 euros por cada sucursal u oficina que tengan en Cataluña, una cantidad que será de 5.500 euros si estas están situadas en municipios con un padrón inferior a 2.000 habitantes.

Además, también habrá deducciones por aquellos créditos, préstamos e inversiones destinados a finalidades de interés social, utilidad pública y, en general, de promoción económica en Cataluña, con proyectos público-privados en territorio catalán o bien para aquellos fondos relacionados con la obra social de estas entidades.

Asimismo, la normativa catalana, con la cual la Generalitat aspira a captar unos 500 millones al año, contempla como "infracción grave la deslocalización de depósitos que, provenientes de oficinas situadas en Cataluña, se contabilicen en oficinas situadas fuera de este territorio".

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