Economía -

Sentencia firme

Un juzgado reconoce a ELA y LAB el derecho a la información en Osalan

El juez del caso reconoce dicho derecho a los dos sindicatos pese a tener suspendida su participación en el Consejo General de Osalan.

Accidente laboral en Astigarraga. Foto: EITB
Accidente laboral en Astigarraga.
Accidente laboral en Astigarraga. Foto: EITB

Redacción

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El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Bilbao ha reconocido el derecho de ELA y LAB a recibir de Osalan la información necesaria para el ejercicio de su acción sindical pese a tener suspendida su participación en el Consejo General de Osalan.

En un comunicado, los sindicatos han recordado que decidieron suspender su participación en el Consejo General de Osalan "a todos los efectos y con carácter indefinido" a partir del 5 de julio de 2010, "hasta que existieran garantías de que dicha participación iba a tener un valor, en cuanto a contenidos y en que se tuviera en cuenta la opinión de la mayoría sindical vasca a la hora de definir las políticas públicas en materia de seguridad y salud laboral".

Según han apuntado, entre las razones de su decisión estaban la de que Osalan se había "plegado al modelo estatal en materia de seguridad y salud laboral, "renunciando" a un modelo propio, así como la apuesta del Gobierno vasco por la mesa de diálogo social en esta materia, "vaciando de contenido Osalan".

ELA y LAB han indicado que la suspensión de su participación "en ningún caso" supone renunciar a las vocalías que les corresponden en el Consejo General de Osalan. Asimismo, defendieron desde el primer momento su derecho a recibir de Osalan la información necesaria para el ejercicio de su actividad sindical en materia de salud laboral.

En consecuencia, han solicitado, "de forma reiterada", a la dirección de Osalan dicha información, pero, "siguiendo las directrices políticas del Gobierno vasco, la actitud de la anterior directora de Osalan Pilar Collantes, fue la de negar a ELA y LAB cualquier tipo de información relevante derivada del Consejo General de Osalan", han criticado.

Al considerar que suponía una "vulneración flagrante de la libertad sindical", decidieron interponer demanda judicial, solicitando en vía judicial la información denegada.

La sentencia ahora dictada, que es firme al no haber sido objeto de recurso, da la razón a ELA y LAB y falla que "la decisión de suspender con carácter indefinido la participación en el Consejo General no supone una renuncia a ser miembro del Consejo de Osalan" y que quedan "intactos" sus derechos a recabar los datos y documentos que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones.

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