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Equiparación

Los autónomos podrán pedir desde noviembre la prestación por desempleo

La ley entrará en vigor dentro de tres meses. Los autónomos deberán solicitar a su Mutua el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad.

Redacción

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Los trabajadores autónomos podrán pedir a partir de noviembre una prestación por desempleo que recibirán durante un máximo de 12 meses y que supone un paso en su equiparación con el resto de empleados por cuenta ajena.

La ley, que establece por primera vez un sistema de protección por cese de actividad para este tipo de trabajadores, se ha publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entrará en vigor dentro de tres meses, lo que dará la señal de salida para el cobro de estas prestaciones públicas.

Los autónomos deberán solicitar a su Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad.

La duración de la prestación estará en función de los períodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación de cese de actividad de los que, al menos, 12 deben ser continuados e inmediatamente anteriores a la inactividad.

Así, cobrarán la prestación durante el máximo de 12 meses quienes hayan cotizado más de 48 meses, mientras que el plazo se reducirá a 8 meses para quienes tengan un período de cotización de entre 43 y 47 meses.

El período de cobro se irá reduciendo paulatinamente hasta dos meses para aquellos que hayan cotizado entre 12 y 17 meses, según figura en la ley.

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