Economía -
Norma foral
Gipuzkoa aplicará deducciones fiscales del 30% a películas hechas en Euskadi
La deducción ascenderá al 40% si son en euskera, y de un 25% para películas extranjeras que incluyan rodajes en Euskadi.
Agencias | Redacción
Euskaraz irakurri: Gipuzkoak % 30eko kenkariak aplikatuko dizkie Euskadin egindako filmei
La Diputación de Gipuzkoa ha anunciado hoy nuevos incentivos fiscales con una deducción del 30% para inversiones en proyectos cinematográficos producidos en Euskadi o en otras comunidades autónomas, que ascenderán al 40% si son en euskera, y de un 25% para películas extranjeras que incluyan rodajes en Euskadi.
El diputado general de Gipuzkoa, Markel Olano, ha presentado hoy en una rueda de prensa junto con el diputado de Hacienda, Jabier Larrañaga, el anteproyecto de Norma Foral que incluirá estas medidas, que será aprobado por el consejo de gobierno foral y debatido y votado en el pleno de las Juntas Generales.
La entrada en vigor está prevista para el 1 de enero de 2019, aunque las medidas no serán aplicables hasta que la norma reciba el beneplácito de las autoridades europeas, han explicado.
Las producciones que se lleven a cabo en Euskadi y otros lugares del Estado, pero que constituyan una empresa con sede en Gipuzkoa para que pueda tributar en este territorio, podrán acceder a una deducción general del Impuesto de Sociedades del 30%, hasta un máximo de 2,5 millones de euros.
Entre los requisitos exigidos, figura que al menos el 50% de la base de la deducción deberá ser de gastos realizados en la Comunidad Autónoma Vasca; el proyecto deberá contar en su plantilla técnica o artística con al menos cuatro personas ciudadanas de la CAV y el periodo mínimo de rodaje en Euskadi será de dos semanas, salvo los cortometrajes.
El incentivo, que asciende al 40% si la película o audiovisual es en euskera, será de aplicación en el periodo impositivo en el que se estrene el trabajo en salas de cines o televisión.
En las producciones internacionales la deducción es del 25% de los gastos realizados en Euskadi derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores, que deberá ser de un mínimo de un millón de euros. El máximo deducible será también de 2,5 millones de euros.