Economía -
Por segunda vez
El Supremo rechaza la petición de Iberdrola de suspender los blindajes
Iberdrola presentó el pasado 2 de junio, y por segunda vez, una solicitud de medidas cautelares contra el citado artículo.
Redacción
El Tribunal Supremo ha rechazado la petición de Iberdrola de suspender cautelarmente el artículo que elimina las restricciones de voto en las cotizadas y que autoriza a ACS, su principal accionista, a votar por el 19 % de suparticipación en la eléctrica. Iberdrola presentó el pasado 2 de junio, y por segunda vez, una solicitud de medidas cautelares contra el citado artículo al tiempo que pidió que hasta que se resolviera el proceso no se aplicara la denominada "ley antiblindajes", al entender que la medida "no ocasionaba una perturbación grave a los intereses generales o de terceros". Una petición que recurrieron en plazo y forma tanto los abogados del Estado como la constructora que preside Florentino Pérez, que aspira a entrar en el consejo de administración de Iberdrola en representación de la participación que posee y no por el 10 %. En esta ocasión, el juez de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo considera que la petición de Iberdrola versa sobre una disposición general "en cuya ejecución está implícito el interés público y sólo debe ceder ante perjuicios intensos y cualificados de carácter irreversible o irreparable", circunstancia que no se da en este caso. Asimismo, recuerda que la suspensión cautelar de una disposición general sólo puede solicitarse en el inicio del proceso o en la demanda y no en el momento actual, cuando el proceso está a punto de concluir.