Economía -

Ejecuciones hipotecarias

El Constitucional cree que los embargos no vulneran derechos

El Tribunal Constitucional rechaza así estudiar la cuestión de inconstitucionalidad que planteó en septiembre de 2010 un juzgado de Sabadell.

Redacción

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El Tribunal Constitucional cree que las ejecuciones hipotecarias, que permiten a las entidades financieras quedarse con un inmueble tras el impago de la hipoteca, no vulneran los derechos fundamentales de los afectados y, por tanto, no son inconstitucionales.

En un auto publicado hoy, el Constitucional rechaza así estudiar la cuestión de inconstitucionalidad que planteó en septiembre de 2010 el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Sabadell, que consideró que estos procesos podían vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva y a una vivienda digna porque impiden analizar el posible "carácter abusivo" de las hipotecas.

Los magistrados consideran "notoriamente infundada" esa cuestión porque la actual regulación de las ejecuciones hipotecarias ya ha sido respaldada por varias sentencias (la primera de 1981) que consideran que las limitaciones que tienen los afectados para paralizar el proceso no son inconstitucionales.

Voto particular

El auto del Constitucional incluye un voto particular del magistrado Eugeni Gay, que critica que la resolución no aborda elementos de "trascendencia social y constitucional" como son las "especiales" circunstancias de la situación económica y financiera actual, muy diferente a la de los años 80, cuando se fijó la doctrina inicial.

Las ejecuciones hipotecarias se han multiplicado por cuatro desde el inicio de la crisis al pasar de 25.943 en 2007 al récord de 93.622 en 2010, según el Consejo General del Poder Judicial.

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