Economía -

Coronavirus

El Gobierno de España aprueba la prórroga de los ERTE hasta el 31 de enero

El Consejo de Ministros, a través de un Real Decreto-Ley, ha creado los ERTE de impedimento de actividad y los de limitación de actividad.

Casi 800 000 trabajadores evitarán ser despedidos, según el Gobierno de España
Un operario trabaja en una empresa
Casi 800 000 trabajadores evitarán ser despedidos, según el Gobierno de España

Agencias | Redacción

Whatsapp Facebook Twitter Telegram Email

Euskaraz irakurri: Espainiako Gobernuak urtarrilaren 31ra arte luzatu ditu aldi baterako erregulazioak

El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado un Real Decreto-Ley que prorroga hasta el 31 de enero de manera automática los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por fuerza mayor para determinados sectores económicos, aunque ha creado dos figuras, los ERTE de impedimento de la actividad y los ERTE de limitación de actividad, a las que podrán acogerse todas las empresas.

Son precisamente esos cambios lo que ha llevado a la CEOE a sumarse esta misma mañana al acuerdo que ayer alcanzó el Gobierno de España con CCOO y UGT para extender los ERTE otros cuatro meses más.

Los ERTE de fuerza mayor con prórroga automática se limitarán a las empresas más afectadas por la pandemia cuya actividad se clasifique en alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-09) previstos en la norma, se encuentran en su cadena de valor o cuyo negocio depende en su mayoría de estos sectores.

Estos ERTE disfrutarán de exenciones de cuotas del 85% por cada mes del periodo octubre 2020-enero 2021 en el caso de que la empresa tuviera a 29 de febrero de este año menos de 50 trabajadores en plantilla, y del 75% si contaba con más de 50 empleados, según ha explicado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá.

ERTE por impedimento de actividad

En el caso de las nuevas modalidades de ERTE, a las que podrán acogerse empresas de cualquier sector, se distinguen dos tipos: los ERTE por impedimento de actividad como consecuencia de restricciones adoptadas por las autoridades (por ejemplo, las empresas de ocio nocturno) y los ERTE de limitación de actividad, destinados a las empresas que vean alterada su actividad cuando una autoridad local, autonómica o estatal limite, por ejemplo, los aforos y los horarios.

Los ERTE por impedimento de actividad tendrán exenciones del 100% si la plantilla de la empresa era inferior a 50 trabajadores en febrero de este año y del 90% si esta cifra era superior.

ERTE de limitación de actividad

Por su parte, los ERTE de limitación de actividad, que tendrán efectos retroactivos desde el 1 de septiembre, irán acompañados de altas exoneraciones de cuotas, a aplicar de octubre a enero: si la empresa contaba con menos de 50 trabajadores a 29 de febrero de este año, las exenciones serán del 100% en octubre, del 90% en noviembre, del 85% en diciembre y del 80% en enero. Si contaba con más de 50 trabajadores, los porcentajes alcanzan el 90%, el 80%, el 75% y el 70%, respectivamente, según ha indicado Escrivá.

Además, el texto aprobado mantiene los límites impuestos en la anterior prórroga de los ERTE: mientras esté vigente el ERTE, no se podrán realizar horas extra, externalizar actividades ni realizar nuevas contrataciones directas o indirectas salvo casos justificados.

Asimismo, no podrán acogerse a ellos empresas domiciliadas en territorios considerados paraísos fiscales y las empresas no podrán proceder al reparto de dividendos en el ejercicio fiscal en el que se aplique el ERTE, salvo si devuelven las exenciones disfrutadas.

Además, las empresas que reciban las nuevas exoneraciones quedarán comprometidas a un nuevo periodo de seis meses de salvaguarda del empleo, aunque si estuvieran afectadas por un compromiso anterior, el nuevo periodo de seis meses empezará a contar una vez finalizado dicho compromiso previo.

Nuevas prestaciones

El texto contempla que las prestaciones por desempleo asociadas los ERTE se mantendrán también hasta el 31 de enero. La cuantía de la prestación será del 70% de la base reguladora aunque transcurran seis meses desde su percepción (evitando así que bajen al 50% de la base reguladora) y el 'contador a cero' (no se consume paro mientras se esté cobrando del ERTE), que se eleva de 180 a 196 días, se extenderá hasta del 1 de enero de 2022.

Si te interesó esto, quizá te interesen estos otros temas
Trabajo EREs Euskadi Variante JN.1 coronavirus hoy Noticias última hora Euskadi Economía Mundial Titulares del día