Economía -
Según la Unión Europea
Un vuelo cancelado da derecho a compensación por daños morales
La indemnización por el perjuicio moral causado entraría en las medidas de "compensación suplementaria" previstas en la legislación, según precisa el Tribunal en un comunicado.
Redacción
La cancelación de un vuelo puede dar derecho en ciertos casos a una compensación por los daños morales sufridos, según ha dictaminado hoy el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE). La indemnización por el perjuicio moral causado entraría en las medidas de "compensación suplementaria" previstas en la legislación, según precisa el Tribunal en un comunicado. Además, el pasajero tendrá derecho a una compensación por cancelación cuando su avión haya despegado pero, por la razón que sea, se haya visto después obligado a regresar al aeropuerto de origen y el viajero haya sido finalmente transferido a otro vuelo. La sentencia se refiere al litigio entre tres familias y la compañía Air France, por un incidente relacionado con un vuelo con salida en París (Francia) y destino en Vigo (España) programado para el 25 de septiembre de 2008. El vuelo despegó a la hora prevista, pero regresó al aeropuerto Charles de Gaulle poco después, debido a un problema técnico de la aeronave. Algunos de los pasajeros fueron recolocados en otros vuelos al día siguiente y una de las familias fue conducida hasta Oporto (Portugal) y desde allí tuvo que tomar un taxi a Vigo. El Tribunal añade que los pasajeros pueden exigir una compensación cuando una compañía aérea incumple las obligaciones de asistencia.