Política -
Código de conducta
Aprobada la ley del código de conducta de los cargos públicos vascos
El texto introduce criterios para que los ciudadanos conozcan las actividades de los cargos públicos que acceden a un cargo y también después de su cese.
Redacción
Los cargos dependientes de la Administración Pública Vasca deberán presentar una declaración de las actividades que realizaban durante los dos años previos a su nombramiento y durante los dos ejercicios posteriores a su cese en el cargo, como recoge el dictamen de la ley reguladora del código de conducta del cargo público y de su régimen de incompatibilidades.
La Comisión de Instituciones, Seguridad y Justicia del Parlamento Vasco ha aprobado este martes, por unanimidad, el grueso del dictamen de la proposición de ley reguladora del código de conducta del cargo público y de su régimen de incompatibilidades que será elevado a pleno para su aprobación definitiva.
La nueva regulación afecta al conjunto de cargos al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma Vasca entre los que se encuentran el lehendakari, los consejeros, viceconsejeros y personal directivo, el Ararteko y su adjunto, así como los miembros del Tribunal Vasco de Cuentas Públicas, entre otros.
Las diputaciones forales y los ayuntamientos, por su parte, se regirán por sus propias normativas, aunque sí que estarían afectados por algunos de los artículos de la ley.
El texto introduce criterios para que los ciudadanos conozcan las actividades de los cargos públicos que acceden a un cargo y también después de su cese.
Declaración de bienes patrimoniales
También tendrán que presentar una declaración de todos los bienes, derechos y obligaciones patrimoniales antes de desempeñar el cargo y al abandonarlo, durante los dos años siguientes.
No obstante, estos datos sobre los bienes tendrán un carácter reservado y podrán acceder al mismo los consejeros, el Parlamento vasco, los órganos judiciales así como el Ministerio Fiscal.