Política -
Tribunal Constitucional
Anulan la ley que da a Navarra competencia sobre personal de Justicia
Según la sentencia del alto tribunal, la norma anulada invade competencias del Estado español.
Redacción
El Tribunal Constitucional ha anulado la ley foral de 2011 que atribuye a Navarra la competencia sobre el personal de la administración de Justicia en la comunidad.
El pleno del alto tribunal ha estimado, por unanimidad, el recurso presentado por el Gobierno contra varios preceptos de la ley foral de marzo de 2001, relativa al régimen jurídico del personal al servicio de la Administración de Justicia de Navarra.
La norma anulada, según la sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez, invade competencias que, según los artículos 149.1.5 y 122.1 de la Constitución, corresponden de forma exclusiva al Estado.
La sentencia recuerda que, en este procedimiento, el Gobierno y el Parlamento navarros alegaron que la Ley de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra (LORAFNA), junto con la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) señalan que las competencias para regular el estatuto del personal al servicio de la Administración de Justicia son más amplias en Navarra que en el resto de las autonomías
Sin embargo, la sentencia del Tribunal Constitucional recoge que "corresponde al Estado -indica la sentencia- fijar normativamente el estatuto y régimen jurídico del personal al servicio de la Administración de Justicia".
El Constitucional analiza también si la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 2003 reconoce a Navarra competencias históricas sobre el funcionariado de carrera al servicio de la Administración de Justicia.