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El TS avala el catalán como vehicular en los centros educativos

Según el Supremo, el decreto recurrido no supone 'ninguna exclusión del uso del castellano en el ámbito educativo' y tampoco establece ninguna preferencia del catalán imponiendo su superioridad.

Redacción

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El Tribunal Supremo (TS) ha avalado que el catalán sea lengua vehicular en la educación, la administración y las comunicaciones de los centros educativos, como prevé el decreto 155/2010 de direcciones de la Conselleria de Enseñanza de la Generalitat.

Así, el Supremo rechaza un recurso de casación interpuesto por Impulso Ciudadano sobre una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que también desestimó un recurso contencioso-administrativo planteado por esta entidad en 2012 sobre el citado decreto por no explicitar el uso del castellano como vehicular.

En un comunicado, el TS subraya que el artículo impugnado es constitucional porque se limita a garantizar que el catalán sea vehicular, sin que excluya el castellano, en la medida que lo recoge la Constitución y las normas estatales.

Además, el TS destaca que el decreto alude a que el catalán es la lengua utilizada normalmente en los centros, lo que es "el presupuesto acreditativo de una realidad caracterizada por el uso normal y habitual del catalán en la vida social en Cataluña".

Según el Supremo, la norma no señala "ninguna exclusión del uso del castellano en el ámbito educativo en el territorio de Cataluña", y tampoco establece ninguna preferencia del catalán imponiendo su superioridad, primacía, predominio o uso prioritario sobre el castellano, añade el tribunal.

Sostiene que la cooficialidad que prevé la Constitución no se traduce -como alega Impulso Ciudadano- en que cada mención que se haga en la norma reglamentaria autonómica al catalán se acompañe por una mención idéntica y mimética respecto al castellano.

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