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La AN reafirma la condena de 15 años a tres miembros de ETA por una bomba en Bilbao

El Supremo había anulado la sentencia anterior por una denuncia de torturas, y se repitió el juicio.

agencias | redacción

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Euskaraz irakurri: Auzitegiak berretsi egin die 15 urteko kartzela-zigorra ETAko hiru kideri

La Audiencia Nacional ha condenado a 15 años de prisión a tres integrantes del comando Otazua de ETA por la colocación el 29 de enero de 2006 de una bomba en una oficina del INEM de Bilbao, cuya explosión hirió a un ertzaina y causó daños materiales valorados en 93.400 euros.

La sección segunda de la Sala de lo Penal atribuye a los miembros de ETA Saioa Sánchez, Iñigo Zapirain y Beatriz Etxeberria un delito de estragos terroristas y les prohíbe residir en Bilbao durante 10 años más del tiempo de condena.

Se trata de la segunda sentencia sobre estos hechos dictada por la Audiencia Nacional después de que el Tribunal Supremo anulase la primera -en la que les condenaba a la misma pena- por no haberse admitido la práctica de una prueba psicológica de Zapirain -que denunció haber declarado ante la Guardia Civil bajo amenazas- en aplicación del Protocolo de Estambul.

El informe psicológico por el que se repitió el juicio, realizado a petición de la defensa, sostenía que la denuncia de malos tratos de Zapirain era verosímil.

Sin embargo, una vez practicada esta prueba, la Sala concluye que dicho informe "no es concluyente".

Zapirain reconoció los hechos en sus declaraciones en sede policial, en el juzgado de guardia y en fase de instrucción ante la Audiencia, donde señaló que en sus anteriores comparecencias declaró "bajo coacción y amenazas de que iban a violar a su pareja si no declaraba ante la Audiencia Nacional".

Pero, para la Sala, resulta "absolutamente imposible" la versión de que declaró lo que los agentes le ordenaron porque éstos desconocían "absolutamente" la participación de Zapirain en los hechos y además no tiene "sentido" suponer que "las supuestas amenazas de agresión sexual" pudieran materializarse "máxime si se ponía en conocimiento" del juez instructor.

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