Política -

Sentencia del alto tribunal

Supremo: 'Exhibir fotos de presos de ETA es ensalzar el terrorismo'

Asimismo, la sentencia del Tribunal Supremo absuelve a los cuatro responsables de la comparsa bilbaína "Txori Barrote" porque no se probó quién colocó las fotografías en la txosna.

Redacción

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El Tribunal Supremo ha establecido que la exhibición de fotografías de presos de ETA supone "un ensalzamiento de las conductas ilícitas cometidas por los condenados por delitos de terrorismo", por lo que debe calificarse como delito de enaltecimiento.

No obstante, la sentencia cuenta con el voto particular del magistrado José Antonio Martín Pallín, que discrepa de sus compañeros al considerar que la exhibición de fotos de reclusos de la banda, sin más, no debería penarse, en aras a "la libertad de expresión".

En la sentencia del alto tribunal conocida esta martes, además, se absuelve a los cuatro responsables de la comparsa bilbaína "Txori Barrote" por mostrar en sus txosnas hasta 95 imágenes de presos de ETA durante la Semana Grande de Bilbao de 2008, ya que la sentencia que dictó la Audiencia Nacional sobre este asunto no identificó a quienes colocaron las fotos.

Para la mayoría de la Sala, sin embargo, el propio fenómeno terrorista "justifica ampliamente" el delito de enaltecimiento, que "enfrenta una fenomenología delictiva de enorme importancia social, en la que incluso personas y grupos inicialmente ajenos a la propia actividad ilícita, contribuyen a ella, reforzando su actuación mediante mensajes de justificación y claro apoyo".

Este pronunciamiento del Supremo coincide con el defendido, tanto por la Fiscalía como por la representación legal de Dignidad y Justicia durante la vista pública celebrada el pasado 5 de abril ante el alto tribunal por este asunto.

En su sentencia, el alto tribunal señala que la "confusión entre la opción independentista y el exterminio del disidente tiene una de sus manifestaciones más claras en la atribución a los terroristas de ETA de la condición de presos políticos".

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