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MADRID

El Congreso rechaza tramitar la comisión de investigación sobre Juan Carlos I

La iniciativa para investigar al rey Juan Carlos I ha sido rechazada con los votos de PSOE, PP y Vox.

Juan Carlos I. Imagen obtenida de un vídeo de ETB.
Juan Carlos I
Juan Carlos I. Imagen obtenida de un vídeo de ETB.

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Kongresuak Juan Carlos I.a ikertzeko batzordea osatzea baztertu du

La Mesa del Congreso, siguiendo el criterio de los letrados, ha rechazado tramitar las dos peticiones de crear una comisión de investigación sobre supuestas cuentas y donaciones atribuidas al rey Juan Carlos I. En la votación se han dividido los dos socios del Gobierno de coalición: Unidas Podemos ha apoyado las iniciativas, mientras que el PSOE ha apoyado su inadmisión junto con PP y Vox.

En su reunión, la Mesa del Congreso ha estudiado dos solicitudes para crear una comisión sobre Juan Carlos I, presentadas a raíz de conocerse que la Fiscalía suiza está realizando una investigación sobre una supuesta donación de 100 millones de dólares atribuida a Juan Carlos I y con destino a su amiga Corinna Larsen, un dinero presuntamente vinculado con comisiones de Arabia Saudí. Esa donación corresponde a 2012, cuando aún era jefe de Estado.

Una de las peticiones fue registrada por Esquerra Republicana (ERC) y el Grupo Plural que comparten Junts, Compromís, Más País y el Bloque Nacionalista Galego (BNG). Su objetivo es investigar las presuntas cuentas irregulares de Juan Carlos I en Suiza y otros paraísos fiscales a nombre de terceros, así como determinar las consiguientes responsabilidades "civiles, éticas y políticas" del ex Jefe del Estado.

La otra fue promovida por Unidas Podemos y en su texto se habla de la "presunta comisión de, entre otros, posibles delitos de blanqueo de capitales" y se indica que "no resulta descartable que los mismos se estén ejecutando actualmente o se hubieran ejecutado con posterioridad" a la abdicación del rey Emérito, que tuvo lugar en junio de 2014, momento, subrayan "en el que dejó de ser inviolable conforme al artículo 56.3 CE".

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