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La Audiencia Nacional absuelve a Trapero porque no fue un instrumento del 'proces'

La sentencia absolutoria cuenta con el respaldo de dos de los magistrados, mientras que hay un voto particular contrario de la presidenta de la Sala Penal, Concepción Espejel.

El mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero. Foto de archivo: EFE
El mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero. Foto de archivo: EFE
El mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero. Foto de archivo: EFE

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Euskaraz irakurri: Trapero absolbitu dute ez zuelako Kataluniako prozesuarekin loturarik izan

La Audiencia Nacional ha absuelto al mayor de los Mossos d'Esquadra Josep Lluís Trapero y a los exjefes políticos de la policía autonómica César Puig y Pere Soler "por no haber sido un instrumento" en el proceso independentista en Cataluña durante el otoño de 2017. También ha sido absuelta la intendente Teresa Laplana.

La sentencia absolutoria cuenta con el respaldo de dos de los magistrados, Ramón Saez Valcárcel y Francisco Javier Vieira, mientras que hay un voto particular contrario de la presidenta de la Sala Penal, Concepción Espejel.

Esta decisión que no es firme y contra la que cabe recurso, falla en contra de la postura de Fiscalía. El Ministerio Público comenzó acusando a la cúpula de los Mossos por rebelión, pero en la fase final del juicio rebajó su acusación contra Trapero y los exjefes políticos a sedición siguiendo el criterio marcado por el Tribunal Supremo en su sentencia contra los líderes del procés.

Asimismo, los fiscales plantearon como alternativa una condena por desobediencia, que tampoco ha sido acogido por el tribunal de la Audiencia Nacional que entiende que se debe absolver a los cuatro.

De este modo este miércoles se han conocido los detalles de esta sentencia por la que el mando de los Mossos es absuelto del delito de sedición --la Fiscalía pidió para él 10 años de prisión-- por el papel que tuvo la Policía autonómica durante el proceso independentista en Cataluña en el otoño de 2017.

La Audiencia Nacional considera que no hay "elemento incriminatorio alguno, resultado de la prueba, que revele un acuerdo entre los acusados para constituirse en instrumento del proceso independentista y poner el aparato policial dependiente de la Generalitat a su servicio", ni tampoco entre los acusados, o alguno de ellos, y las personas condenadas en el juicio ante el Tribunal Supremo como coautores del delito de sedición o con otros organizadores de la preparación y ejecución del referéndum.

La labor de Trapero durante el procés ha sido analizada en este juicio y también durante el seguido en el Tribunal Supremo en paralelo con la del responsable del dispositivo policial desplegado para el referéndum del 1-O, el coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos.

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