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Por tercera vez

Estrasburgo condena a España por no investigar las torturas a Iñigo González

El TEDH falló igual en los casos de Patxi Arratibel y Xabier Beortegi, detenidos junto con González en 2011. España deberá indemnizar al navarro con 20 000 euros.

Fachada del Tribunal de Estrasburgo. Foto: Wikimedia
Fachada del Tribunal de Estrasburgo.
Estrasburgo condena a España por no investigar las torturas a Iñigo González

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Eider Garaikoetxea | EITB MEDIA

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) con sede en Estrasburgo ha vuelto a condenar a España por no investigar la denuncia de torturas de Iñigo González, detenido en 2011 por la Guardia Civil. España deberá indemnizarlo con 20 000 euros.

Se trata de la tercera sentencia condenatoria de este caso, ya que el TEDH también falló a favor de Patxi Arratibel y Xabier Beortegi, ambos detenidos en la misma operación policial. Sin embargo, esta última condena llega en un contexto relevante: el juez encargado de ordenar la investigación por torturas era el actual ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.

En su sentencia, el tribunal falla, por unanimidad, que hubo una vulneración el artículo 3 del Convención Europea de Derechos Humanos, que establece que "nadie podrá ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumano o degradantes".

El fallo llega a esa conclusión "en vista de la falta de una investigación profunda y efectiva" de las quejas del demandante, aunque reconoce que la Audiencia Provincial de Madrid ordenó al juez de instrucción reabrir el procedimiento hasta en dos ocasiones.

El tribunal considera que González relató "de manera precisa y circunstancial los malos tratos de los que fue víctima" durante el tiempo que permaneció incomunicado y asegura que "la gravedad de los hechos denunciados merecían una investigación en profundidad por parte del Estado".

Seguidamente, argumenta que el juzgado central de instrucción número 3 "no respondió a las peticiones de los familiares" del demandante para que investigase los hechos ni ordenó ninguna investigación.

"Si existen motivos razonables para creer que se ha cometido un acto de tortura, corresponde a las autoridades competentes proceder de oficio y sin demora a una investigación imparcial", señala la sentencia de la Sala Tercera de la Corte europea.

González fue detenido en 2011 por la Guardia Civil junto con otros cinco jóvenes acusados de pertenecer a Ekin. Cinco de los arrestados denunciaron malos tratos ante el juez la Audiencia Nacional. La Audiencia Nacional condenó a los cinco jóvenes a dos años de cárcel por pertenencia a organización armada, aunque evitaron la cárcel al ratificar su "compromiso con la renuncia a cualquier actividad relacionada con el uso de la violencia".

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