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CRISIS POLÍTICA EN MADRID

¿Y ahora qué? Moción de censura contra Ayuso o elecciones anticipadas

Tras el anuncio de adelanto electoral de Isabel Díaz Ayuso, la Mesa de la Asamblea de Madrid ha admitido a trámite las mociones de censura de Más Madrid y PSOE. El conflicto acabará en los tribunales.

Isabel Díaz Ayuso. Foto de archivo: EFE
Isabel Díaz Ayuso, en una imagen de archivo
Isabel Díaz Ayuso. Foto de archivo: EFE

EITB MEDIA | EFE

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Euskaraz irakurri: Eta orain zer? Ayusoren aurkako zentsura mozioa edo hauteskundeak

El día después de que la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso anunciará elecciones anticipadas en Madrid todavía está por ver qué es lo que va a pasar. Y es que la oposición reaccionó presentando dos mociones de censura contra Ayuso. Más tarde, la Mesa de la Asamblea de Madrid admitió a trámite las mociones de censura de PSOE y Más Madrid. Ahora el debate está en si prevalece la convocatoria de elecciones o las mociones de censura. Todo indica que el conflicto acabará en los tribunales.

El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso sostiene que la presidenta madrileña firmó el decreto con la convocatoria de elecciones a las 12:00 horas de ayer, con lo que "cualquier moción de censura es posterior a esa decisión".

Desde Más Madrid apuntan que han registrado su moción a las 13:00 horas y el PSOE lo ha hecho a las 13:07 horas y la Mesa de la Asamblea, con los votos socialistas y de Ciudadanos, las ha admitido a trámite al no darse por disuelta mientras el decreto no se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Según el Estatuto de Autonomía, el Presidente de la Comunidad de Madrid puede "acordar" la disolución de la Asamblea de forma anticipada a través de un decreto, en el que se convocarán a su vez elecciones; pero no podrá tomar esa decisión "cuando se encuentre en tramitación una moción de censura".

La ley reguladora de la facultad de disolución de la Asamblea de Madrid por el Presidente de la Comunidad, de 1990, también recoge esa limitación y señala que el decreto de disolución, con la fecha de celebración de las elecciones, "se publicará en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y entrará en vigor en el momento de su publicación".

La clave es que se ha acordado hoy, sostienen los impulsores del adelanto electoral; pero si no se ha publicado, alegan los defensores de las mociones, la Asamblea no está disuelta y pueden tramitarse sus iniciativas que a su vez paralizarían la convocatoria de elecciones.

Si recurre el Gobierno regional o la Mesa de la Asamblea por la vía contencioso-administrativa, el embrollo acabaría en manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, apuntan a Efe fuentes jurídicas, que destacan asimismo la posibilidad de que un grupo parlamentario recurra al Tribunal Constitucional.

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