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Agresiones sexuales

'Ley del solo sí es sí': ¿Qué escenarios se pueden abrir a partir de ahora?

Se puede optar por esperar a que el Supremo fije una doctrina, enmendar en el Senado una ley en tramitación, presentar proposición de ley en el Congreso o que el Gobierno español apruebe un proyecto de Ley de reforma. En todo caso, dentro del Ejecutivo se ha pedido sosiego.

'Ley del solo sí es sí'. Foto de archivo: EFE
'Ley del solo sí es sí'. Foto de archivo: EFE
'Ley del solo sí es sí'. Foto de archivo: EFE

Agencias | EITB Media

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Por un lado, la conocida como 'ley del solo sí es sí' ha supuesto la práctica desaparición del delito de abuso sexual para integrarlo en el de agresión sexual, lo que ha propiciado un desplome de penas que está obligando a revisar condenas firmes, pero que también impactará en las sentencias recurridas, un camino que desemboca en el Tribunal Supremo (TS), si bien a la hora de aplicar la nueva ley tendrá un margen de maniobra limitado porque tendrá que ceñirse al caso concreto.

Por otro lado, la vía más rápida para reformar la ley pasaría por enmendar la proposición de Ley orgánica para agravar las penas por trata de personas que huyen de conflictos o catástrofes, actualmente en tramitación en el Senado y cuyo plazo de enmiendas parciales finaliza el 23 de noviembre, según han confirmado fuentes de los grupos de la Cámara Alta. En todo caso, dentro del Gobierno español se ha pedido sosiego para afrontar las consecuencias de la norma.

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La 'ley del solo sí es sí' impactará en las sentencias que no son firmes y están recurridas, bien en apelación, bien en casación ante el Tribunal Supremo, lo que empujará a estos tribunales a estudiar los efectos de la nueva ley en los fallos donde confirmen o modifiquen estas condenas.

Las fuentes hacen hincapié en que nuevamente se tendrá que analizar el caso concreto, porque, aunque no son sentencias firmes el tribunal tampoco puede realizar un nuevo juicio ni desbaratar el relato de hechos probados. La interpretación irá de la mano con la casuística, resumen.

Se espera que la Sala de lo Penal del TS se pronuncie en menos de un mes sobre la nueva ley por los recursos de casación que tiene pendientes.

En lo que respecta al Senado y a la norma mencionada anteriormente, según el calendario de la Cámara Alta, se podría aprobar en Pleno antes de Navidad y, si finalmente se acaba introduciendo algún cambio, tendría que pasar por el Congreso para ratificarse las enmiendas.

Sería la manera parlamentaria más rápida actualmente, aprovechando esta ley en tramitación ya en la Cámara Alta. El Senado tiene agendado al menos tres Plenos antes de final de año.

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Los grupos parlamentarios también pueden enmendar leyes orgánicas en tramitación en el Congreso cuyo plazo de presentación de enmiendas parciales no haya finalizado, y en ese escenario encaja la proposición de ley de PSOE y Unidas Podemos para suprimir el delito de sedición, que también afecta al Código Penal. Esta vía supone esperar unas semanas más.

Una tercera vía sería que cualquier grupo parlamentario presente su propia proposición de Ley en el Congreso pidiendo el cambio, aunque ello ya incrementa más los plazos y obliga a respetar los cupos que tienen los grupos parlamentarios para defender iniciativas en sesión plenaria.

Finalmente, el Gobierno español podría optar por aprobar un proyecto de Ley de reforma, pero entonces lo tendría que someter a informe a consulta pública e informe de órganos consultivos antes de enviarla al Parlamento, lo que haría imposible su aprobación este año.

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