Política -
Sortu, legal
Algunos magistrados creen que el TC debilitó la Ley de Partidos
Estiman que Sortu es un fraude que no hubiera pasado el filtro del TC si el catálogo de conductas ilegalizadoras se aplicara a sus estatutos.
Redacción
Los magistrados Javier Delgado, Ramón Rodríguez-Arribas y Manuel Aragón discrepan de la sentencia que por seis votos frente a cinco permite la inscripción de Sortu en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior al considerar que esta formación es un fraude que pretende dar continuidad a la actividad de la ilegalizada Batasuna.
Además, entienden que el catálogo de conductas que la sentencia advierte que pueden ser constitutivas de una ilegalización de esta formación en el futuro está "fuera de lugar", va encaminada a "adelgazar" las medidas preventivas y a la postre debilita la eficacia de la Ley de Partidos Políticos.
En su voto particular discrepante con la decisión de la mayoría, el magistrado Manuel Aragón señala que la sentencia, además de resultar "metodológicamente inadecuada" por examinar directamente los estatutos de la formación abertzale, se extralimita al volver a revisar las pruebas que fueron examinadas en mayo de 2011 por el Tribunal Supremo para concluir que Sortu buscaba sortear de forma fraudulenta la Ley de Partidos. Con esta crítica coinciden también Delgado y Rodríguez-Arribas.
Este magistrado discrepa con la conclusión de sus compañeros de considerar a la "condena del terrorismo" que aparece en los estatutos de Sortu como suficiente para contrarrestar otros elementos de convicción del Tribunal Supremo sobre la estrategia defraudatoria. A su juicio, dicha condena es "genérica y ambigüa" y tiene como contrapeso la referencia a "otras violencias" que es claro que apuntan a la "represión legítima del fenómeno terrorista por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado".