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Violencia machista

El Supremo deliberará el 21 de junio los recursos contra la sentencia de La Manada

La Fiscalía, la acusación particular así como las populares (Gobierno de Navarra y Ayuntamiento de Pamplona) pidieron que los cinco sean condenados por agresión sexual.

Los cinco jóvenes condenados. Foto obtenida de un vídeo de ETB
Los cinco miembros de La Manada condenados.
Los cinco jóvenes condenados. Foto obtenida de un vídeo de ETB

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: Auzitegi Gorenak ekainaren 21ean ebatziko du 'La Manada auzi'ko helegiteez

El Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 21 de junio una vista pública para deliberar los recursos de casación presentados contra la sentencia del TSJN que confirmó la pena de nueve años de prisión por abuso sexual para los cinco miembros de La Manada acusados de la violación grupal a una joven durante los sanfermines de 2016.

Todas las partes han presentado recursos contra la sentencia emitida por el TSJN en noviembre. El tribunal que examinará el caso estará presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta e integrado además por Francisco Monterde, Ana Ferrer, Vicente Magro y Susana Polo, esta última como ponente.

En su recurso, la Fiscalía solicita que cada uno de los cinco miembros de La Manada sean condenados a 18 años de prisión por delitos de agresión sexual.

Además del Ministerio Público, la acusación particular, ejercida por la víctima, también pide aumentar las penas al estimar que los cinco hombres cometieron agresión sexual y solicita condenar a dos de ellos por el robo del teléfono a la víctima.

La acusación popular, en nombre del Gobierno de Navarra y del Ayuntamiento de Pamplona, también han recurrido la sentencia al no compartir la calificación de los hechos como abuso sexual.

Por último, el abogado de cuatro de los condenados, Agustín Martínez Becerra, recurrió la sentencia para pedir la libre absolución al entender que hubo "relaciones consentidas".

Se da la circunstancia de que una sentencia del Tribunal Supremo del mes pasado califica como agresión sexual y no como abuso el delito de un hombre que violó a una mujer en el baño de un bar de Alsasua (Navarra), con lo que elevó de cuatro a seis años de cárcel la pena que le había impuesto el TSJ navarro.

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