Sociedad -

Fin del estado de alarma

Qué se puede y qué no se puede hacer en Euskadi desde el domingo

Estas son las medidas que estarán en vigor tras el fin del estado de alarma en la medianoche del sábado al domingo.

La Ría de Bilbao. Foto: Jabi Sarriugarte
La Ría de Bilbao. Foto: Jabi Sarriugarte
La Ría de Bilbao. Foto: Jabi Sarriugarte

EITB MEDIA

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Euskadi ha despejado ya las incógnitas que rodeaban al fin del estado de alarma, ya que el Gobierno Vasco ha anunciado qué medidas estarán en vigor desde el domingo.

El LABI institucional, presidido por el lehendakari Iñigo Urkullu, ha acatado los criterios del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), es decir, el nuevo decreto del Ejecutivo vasco que entrará en vigor el domingo recogerá el fin de los confinamientos perimetrales (tanto municipales como a nivel autonómico), del toque de queda y de la limitación de las reuniones, aunque este último asunto con pequeños matices.

Estas medidas estarán en vigor por espacio de tres semanas, hasta que a finales del mes el LABI las revise de nuevo.

QUÉ SE PODRÁ HACER

- Moverse libremente por Euskadi, ya que no habrá cierres perimetrales; ni municipales, ni de la comunidad autónoma.

- Viajar a otras comunidades autónomas -salvo en áreas concretas de alta incidencia que sean susceptibles de poder cerrarse-. Consulta aquí: Restricciones en vigor en cada comunidad autónoma.

- Estar en la calle a cualquier hora, ya que el toque de queda será levantado. Sin embargo, el Gobierno Vasco recomienda autolimitar la movilidad nocturna entre las 23:00 y las 06:00h.

- Reunirse con otras personas sin limitación de número, tanto en la calle como en domicilios, salvo en hostelería (se mantiene el máximo de 4 personas en cada mesa) y deporte (grupos máximos de 6).

- Celebrar una junta de propietarios o una reunión de vecinos de manera presencial, cuando se garanticen las medidas de seguridad higiénico-sanitarias. - Participar en ensayos y actuaciones colectivas no profesionales de carácter músico-vocal, aunque deberán contar con un protocolo de medidas preventivas dictadas por la Dirección de Salud Pública y Adicciones.   

RESTRICCIONES QUE ESTARÁN EN VIGOR

- HORARIOS: A las 22:00, cierre de establecimientos y cese de actividades culturales, sociales y comerciales.

- HOSTELERÍA: Cierre a las 22:00. Aforo en interiores del 50%. Prohibido consumo en barra o de pie. En cada mesa, máximo 4 personas. Mascarilla obligatoria salvo en el momento de la ingesta.

- AFOROS EN COMERCIO: En establecimientos de más de 150 m2, del 40%; y hasta 150 m2, 60%. En los espacios de mercadillos, el 50% de puestos permitidos.

- OCIO NOCTURNO: Se mantiene el cierre de los establecimientos y locales de ocio nocturno.

- TXOKOS: Sociedades gastronómicas, lonjas y similares permanecen cerrados.

- BOTELLONES: El consumo de alcohol tanto en la vía pública como en recintos exteriores o en reuniones tipo "botellones" o "no fiestas" está prohibido. 

- GAZTETXES: Los locales que disponen de permiso administrativo para el ejercicio de actividades sociales y culturales podrán realizar dichas actividades con un aforo máximo del 50 %, no pudiendo finalizar las actividades más tarde de las 22:00 horas. Deberán de establecerse las medidas necesarias para el mantenimiento de seguridad interpersonal y el uso de la mascarilla será obligatorio. Los locales que no dispongan del permiso correspondiente se consideran enmarcados en el capítulo de lonjas juveniles y asimilados, y por tanto permanecerán cerrados.  

- LOCALES DE JUEGO: Cierre a las 22:00h. Aforo del 50%.

- LUGARES DE CULTO: Aforo del 35%. En velatorios y entierros: al aire libre, máximo 30 personas; en espacios cerrados, 6.

- INSTALACIONES DEPORTIVAS: Aforo del 50%. Vestuarios, 35%. Sin público en eventos deportivos.

- PRÁCTICA DEPORTIVA: Al aire libre o en interior, máximo de 6. Deporte escolar en entrenamiento y sin vestuarios. Obligatorio uso de mascarilla, salvo en competición y en momentos excepcionales de actividad física intensa en exteriores.

- PLAYA Y PISCINAS: No será exigible el uso de la mascarilla durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado, siempre y cuando se pueda respetar la distancia 1,5 metros entre las personas. Para los desplazamientos y paseos sí será obligatorio el uso de mascarilla. Las agrupaciones de personas, que no deberán ser superiores a cuatro, deberán respetar siempre la distancia interpersonal.

- Controles sanitarios a los viajeros internacionales que lleguen a Euskadi, y que puede incluir toma de temperatura, control documental y visual sobre el estado del pasajero.

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