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CORONAVIRUS

Navarra extenderá el uso del pasaporte covid y adelantará el cierre de establecimientos

La nueva orden foral recoge la extensión del certificado covid a residencias, hoteles o gimnasios y establece el cierre de establecimientos, sociedades y peñas entre la 01:00 y las 06:00 horas.

Pamplona. Imagen obtenida de un vídeo de EITB Media.
Pamplona
Estas son las restricciones que quiere aplicar Navarra

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I. G. | EITB MEDIA

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Euskaraz irakurri: Nafarroak covid pasaportearen erabilera zabaldu eta establezimenduen itxiera aurreratuko du

El Gobierno de Navarra va a extender el uso del pasaporte covid, a la vez que va a activar un paquete de medidas extraordinarias para la contención del virus, que está registrando incidencias muy altas en el territorio y un tensionamiento importante en los servicios sanitarios.

La nueva Orden Foral 63/2021 ha sido enviada este lunes al Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) y, de contar con su aval, entraría en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra estando vigente hasta el 14 de enero, incluido.

Entre otras medidas, establece el límite máximo de cierre de una serie de locales y actividades entre la 01:00 y las 06:00 horas, la obligatoriedad del consumo sentado en mesas para un máximo de 10 personas y la regulación de eventos específicos de carácter social, cultural y deportivo, así como actividades navideñas.

 

Ampliación del pasaporte covid a residencias, gimnasios y otros espacios

Se incluirá en esta orden foral la petición del pasaporte covid para acceder a las residencias y centros sociosanitarios, medida ya contenida en la orden foral aprobada la semana pasada y que el TSJN no avaló instando a que fuera presentada, en su caso, por la consejera de Salud como autoridad sanitaria.

Así, el documento se va a requerir para el acceso de las personas de 12 años y más a los locales y establecimientos con licencia de discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, eventos multitudinarios en el interior (excepto los eventos deportivos que tengan la regulación del documento de actuaciones coordinadas del ministerio de sanidad), bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, establecimientos en espacios multifuncionales, restaurantes (excluidos comedores de universidades y comedores de empresa), alojamientos turísticos como albergues, hoteles y similares, gimnasios, instalaciones en las que se desarrollen actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados, con excepción de los entrenamientos deportivos de competiciones organizadas. Se excluyen de este requisito de control de acceso a los locales y establecimientos referidos en este apartado los espacios y terrazas al aire libre de dichos establecimientos.

 

Adelanto del cierre en ocio nocturno y hostelería, sin consumo en barra 

Por su parte, se cierra desde la 01:00 hasta las 06:00 horas la actividad de comercio, discotecas, salas de fiesta, cafés espectáculo, salas de conciertos, bares, bares especiales, cafeterías y restaurantes, actividades culturales, bingos, salones de juego y apuestas y recreativos, así como establecimientos en espacios multifuncionales cuando ejerzan actividad de hostelería y restauración, de sociedades gastronómicas y peñas, bajeras, piperos y similares.

En hostelería y restauración (interiores de establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes), el consumo será siempre sentado en mesa pudiendo usarse las barras solo para pedir y recoger la consumición. Podrá permitirse el consumo en mesas que cuenten con taburetes y se encuentren pegadas a la barra. Asimismo, todas estas medidas serán aplicables para sociedades gastronómicas y peñas, así como 'piperos' y similares.

Eventos de carácter social, cultural, deportivo y navideños

Quedará prohibida la restauración en todos los eventos de carácter cultural, social o deportivos.

Cuando el aforo supere las 1000 personas en interiores y 2000 en exteriores será necesario solicitar con carácter preceptivo informe al Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.

A su vez, los eventos específicos para actividades navideñas (cabalgatas, desfiles o similares y las tradicionales carreras San Silvestre) deberán ser objeto de informe preceptivo por parte del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra siempre y cuando superen las 500 personas en el interior y las 1000 en el exterior.

Entre otras instancias, en el ámbito privado se recomendó limitar el número de participantes en encuentros entre no convivientes a un máximo de 10 personas y 2 grupos de convivencia, así como un paquete de referencia para evitar situaciones de riesgo de transmisión de cara a eventos y actividades navideñas.

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