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Navarra
Prisión provisional eludible bajo fianza para el camionero acusado de provocar el accidente mortal en Sunbilla
La juez le ha impuesto una fianza de 12 000 euros. El encausado invadió el carril contrario por el que circulaba correctamente el motorista, un vecino de Irun (Gipuzkoa) de 58 años, contra el que colisionó frontalmente.
Agencias | EITB Media
Euskaraz irakurri: Kamioilaria behin-behinean eta fidantzapean espetxera bidali dute, Sunbillako ezbeharra eragitea egotzita
La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona ha decretado el ingreso en prisión provisional, comunicada y eludible bajo fianza de 12 000 euros del camionero que este miércoles circulaba en sentido contrario y embistió frontalmente en la N-121-A, a la altura de Sunbilla, a un motorista irunés que falleció.
Además, la juez ha acordado la retención del vehículo y del permiso de circulación del mismo "por el tiempo imprescindible" para averiguar si el camionero, que al parecer tiene caducada la carta verde —certificado internacional de seguro—, dispone de seguro en vigor que pueda garantizar las responsabilidades civiles.
La juez imputa al investigado, de nacionalidad checa, un delito de homicidio por imprudencia grave.
En la comparecencia celebrada hoy, el Ministerio Fiscal ha solicitado el ingreso en prisión provisional sin fianza del imputado, mientras que la defensa ha reclamado la puesta en libertad.
En la resolución judicial, que puede ser recurrida, la juez relata que "existen indicios suficientes" para imputar al conductor la comisión de un delito de homicidio por imprudencia grave, castigado con penas de entre 1 y 4 años de prisión.
Así, según consta en el auto, del atestado presentado por la Policía Foral se desprende que el accidente se produjo en un tramo en obras en el que, tras dudar sobre el camino a seguir, el encausado invadió el carril contrario por el que circulaba correctamente el motorista, un vecino de Irun (Gipuzkoa) de 58 años, contra el que colisionó frontalmente.
En cuanto a los indicios de criminalidad, la juez señala que el conductor, a la espera del informe definitivo, podía circular a unos 105 kilómetros por hora en un tramo limitado a 60.
El detenido se ha acogido a su legítimo derecho a no declarar, por lo que ello impide, según explica la juez, poder conocer su versión sobre lo sucedido.