Sociedad -

VIOLENCIA MACHISTA

El Supremo mantiene la misma pena a un militar que abusó de una niña tras la revisión por el 'Solo sí es sí'

Por otro lado, le ha rebajado 9 meses la condena al considerar como un solo delito continuado el exhibicionismo y la provocación sexual, tras aplicar la ley del 'solo sí es sí'.

El Supremo, en una imagen de archivo. Foto: EITB Media
El Supremo, en una imagen de archivo. Foto: EITB Media
El Supremo, en una imagen de archivo. Foto: EITB Media

Agencias | eitb media

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Euskaraz irakurri: Abusuengatik jarritako zigor bera mantendu dio Gorenak militar bati, 'bai bakarrik da bai' legeaz berrikusita

El Tribunal Supremo (TS) ha decidido mantener la pena a 11 años de cárcel impuesta a un militar que abusó de una niña de 11 años de edad, al considerar que es proporcional al delito cometido, después de revisarla a la luz de la conocida como 'ley del solo sí es sí', aunque ha rebajado 9 meses de la condena a más de 18 años que recibió por otros delitos sexuales cometidos contra esta menor y otra al ver como un solo delito continuado el exhibicionismo y la provocación sexual.

En una sentencia del pasado 19 de enero, la Sala de lo Penal del TS estima parcialmente el recurso de casación presentado por el militar contra la sentencia dictada el pasado 14 de junio por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que le condenó a 18 años, un mes y un día de cárcel por un delito de abuso sexual contra una de las niñas y delitos de corrupción de menores, provocación sexual y exhibicionismo contra ambas.

Los hechos se remontan a 2017 cuando el hombre, que trabajaba como preparador físico en un club de tenis, se aproximó a dos de sus alumnas. En el caso de una de ellas, lo hizo "aprovechando la cercanía y amistad" que le unía con su padre, amigo de la infancia.

La sentencia, ponencia de la magistrada Carmen Lamela, explica que con motivo de la entrada en vigor de la 'ley del solo sí es sí', el pasado 7 de octubre, se le dio la oportunidad de que alegara lo que considerara oportuno pero no lo hizo, por lo que el Supremo procedió a revisar de oficio la condena dictada.

Los magistrados subrayan que se hizo "un análisis pormenorizado de la proporcionalidad de la pena impuesta que es trasladable a este momento". "La pena impuesta puede serlo hoy tras la reforma y cumple las exigencias de proporcionalidad", dictaminan.

No obstante, dan parcialmente la razón al militar y eliminan la pena de 9 meses y un día de cárcel que recibió por un delito continuado de exhibicionismo contra la menor de la que abusó, lo que deja la condena en 17 años y 4 meses de cárcel.

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