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Una investigación denuncia "incumplimientos" de la normativa de contaminación en la incineradora de Zubieta

El estudio ha sido realizado por el grupo de investigación de la UPV/EHU Ekopol, en colaboración con la asociación GuraSOS.

Imagen de la incineradora de residuos de Zubieta, en San Sebastián. Foto: EITB Media
Imagen de la incineradora de residuos de Zubieta, en San Sebastián. Foto: EITB Media
Imagen de la incineradora de residuos de Zubieta, en San Sebastián. Foto: EITB Media

agencias | eitb media

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Euskaraz irakurri: Zubietako erraustegiaren kutsadura araudia "ez betetzea" salatu du ikerketa batek

Una investigación realizada por el grupo de investigación de la UPV/EHU Ekopol, en colaboración con el equipo jurídico de la asociación ciudadana GuraSOS, señala que el análisis de los registros disponibles de las medidas en continuo de emisiones a la atmósfera en la incineradora de Zubieta (Gipuzkoa) en los años 2020 y 2021, junto con otras informaciones disponibles, apuntan a "graves incumplimientos de la normativa IPPC, de prevención y control integrados de la contaminación".

Según este estudio, los datos confirman que durante el primer semestre de 2020 la incineradora de Zubieta "estuvo operativa bajo el paraguas jurídico de un 'periodo de pruebas'", aunque "no cumplía con las condiciones técnicas ni legales para ello".

Así, señala que durante los años 2020 y 2021, las dos líneas de incineración de la planta "funcionaron aproximadamente al 50% de su capacidad, con abundantes paradas". Este régimen de funcionamiento presentó una media de "más de una parada por semana en cada línea", y una media de "una parada mensual que abarcaba al menos un día natural completo". Además, apunta que este régimen de funcionamiento "dista enormemente del propugnado por la normativa europea".

Asimismo, explica que, desde febrero hasta junio de 2020, antes de que fuera efectiva la Autorización Ambiental Integrada (AAI) de la instalación, la planta "ya incineraba residuos en unas condiciones anómalas, al no cumplir con las condiciones previas que exige la ley para el ejercicio efectivo de la actividad, como es por ejemplo disponer de todas los medidas correctoras de emisión de contaminantes previstas en la AAI".

El estudio afirma que los datos confirman que la instalación "no dispone del sistema de control automático que exige la normativa", y que "debe cerrar la alimentación de residuos cuando se da una superación de algún valor límite de emisión".

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