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Bizkaia
Bilbao modifica el PGOU para restringir la implantación de pisos turísticos
Habitaciones y viviendas de uso turístico solo podrán estar en la primera planta en los barrios más afectados de la capital vizcaína.
Agencias | EITB MEDIA
Euskaraz irakurri: Bilbok HAPO aldatu du pisu turistikoen ezarpena mugatzeko
El Ayuntamiento de Bilbao aprobará de forma inicial en el pleno ordinario de este mes una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) por la que se equiparan las Habitaciones de Uso Turístico (HUT) y las Viviendas de Uso Turístico (VUT) en los barrios más afectados por esta actividad (Casco Viejo, Bilbao La Vieja, Matiko, Abando, Indautxu y Olabeaga), donde este tipo de alojamientos solo se podrán implantar en la primera planta de los edificios residenciales.
Este cambio tiene como objetivo ajustar la normativa de implantación de alojamientos turísticos y viviendas colectivas, en aras a garantizar un desarrollo "equilibrado" de la ciudad.
Así lo ha expuesto este martes por la tarde el concejal de Planificación Urbana, Proyectos Estratégicos y Espacio Público, Asier Abaunza, ante los medios de comunicación, momentos antes de presentarlo al Consejo Asesor de Planeamiento. En una sesión posterior, que se celebrará la próxima semana, este órgano consultivo tendrá que emitir su informe, antes de que la modificación sea aprobada, de forma inicial, en el pleno ordinario de enero.
Abaunza ha señalado que el Ayuntamiento aborda este asunto con la intención de promover el uso residencial en viviendas para domicilio habitual, pero haciéndolo compatible con el disfrute de los recursos turísticos, y sin perder vista la protección del entorno urbano y la mezcla equilibrada de usos residenciales y de actividad económica en las edificaciones.
Este planteamiento "más restrictivo" llaga tras un "análisis exhaustivo" de la situación de las plazas turísticas en Bilbao. El concejal ha recordado que la ciudad se mantiene en ratios inferiores en cuanto a plazas turísticas 'per cápita' que otras ciudades vascas, aunque se evidencia un importante crecimiento en los últimos años de las Habitaciones de Uso Turístico (HUT) y, sobre todo, Viviendas de Uso Turístico (VUT); que ya suponen el 24 % del total de plazas turísticas en la ciudad.
Las zonas de más alta concentración de HUT y VUT en Bilbao son el Casco Viejo, Bilbao La Vieja, Matiko (Uribarri), Abando e Indautxu y Olabeaga.
Como paso previo a esta modificación, el Ayuntamiento aprobó el 30 de octubre de 2024 la suspensión cautelar de informes de conformidad para nuevos registros de HUT y VUT en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi.
La regulación actual está recogida en el Plan General de Ordenación Urbana aprobado en marzo de 2022, y no plantea limitaciones de implantación en viviendas existentes de Habitaciones de Uso Turístico (HUT), ya que hasta ahora se consideraba que desarrollaban un uso residencia, mientras que sí las hay para la implantación de Viviendas de Uso Turístico, ya que se consideran una actividad económica.
La principal novedad de la modificación que se plantea es la equiparación de las HUT a las VUT, con las mismas restricciones, de cara a evitar que se recurra a las primeras para sortear las limitaciones de implantación que ya tienen las segundas.
Se autorizarán únicamente en la planta más baja destinada a viviendas en edificios de viviendas libres existentes que tengan reconocido el uso, y será necesario un acceso independiente y con recorrido accesible. Además, se limitará a un alojamiento turístico por edificio y se permitirá compatibilizar de forma alternativa el estar empadronado en esa vivienda y su uso turístico.
En edificios residenciales solo se permitirán en la planta baja o la primera, con acceso independiente y recorrido accesible, mientras que en edificios terciarios se permitirán establecimientos de uso turístico, pero no apartamentos turísticos.
La nueva normativa pretende también clarificar criterios en torno a otro tipo de modalidades de alojamiento como viviendas colaborativas, residencias comunitarias y otros alojamientos asimilables a vivienda, además de desarrollar determinaciones técnicas de habitabilidad y diseño.
Las residencias de estudiantes podrán ser compatibles con el uso de alojamiento turístico, por un máximo de tres meses en periodo estival. Pero se garantizará un mínimo de sus plazas de forma permanente para estudiantes (el 30 %).