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La desanexión de Igeldo, anulada por el TSJPV

La Diputación de Gipuzkoa ha anunciado que no recurrirá la sentencia.

La Diputación guipuzcoana decreto la segregación de Igeldo en diciembre de 2013.
La Diputación guipuzcoana decreto la segregación de Igeldo en diciembre de 2013.
El Tribunal argumenta que Igeldo no tiene población suficiente

2:33

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: EAEko Auzitegi Nagusiak bertan behera utzi du Igeldoren desanexioa

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha estimado el recurso del Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián contra la desanexión de Igeldo y ha dejado sin efecto el decreto de la Diputación Foral que declaró la segregación de este barrio donostiarra cuando esta institución estaba gobernada por EH Bildu.

En una sentencia difundida hoy por el TSJPV, la sala de lo contencioso-administrativo de este tribunal anula y declara "disconforme a derecho" este decreto de la Diputación que "dispuso la segregación del núcleo de población de Igeldo" y "su constitución como nuevo municipio".

La sala se pronuncia de esta manera sobre el fondo de la cuestión, después de que en abril de 2014 declarara la suspensión cautelar de la decisión de la Diputación, lo que permitió que Igeldo siguiera siendo un barrio de la capital guipuzcoana.

Además de la Diputación de Gipuzkoa en este procedimiento judicial también ha sido demandada la asociación Itxas Aurre, como promotora de la desanexión de Igeldo.

El tribunal asume los argumentos del consistorio

El tribunal considera que el Decreto foral 46/2013 inaplica el artículo 7.1. de la Norma foral 2/2003 de Demarcación municipal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa, cuando señala que la segregación de parte del territorio, uno o varios municipios para constituir otro independiente, "podrá realizarse cuando existan motivos permanentes de interés público" y los municipios resultantes "cuenten con una población superior a los 2.500 habitantes de derecho".

Respecto al motivo de interés público justificativo de la constitución de Igeldo como municipio, es decir, la voluntad de los igeldotarras expresada en la consulta, sentencia recuerda que según la jurisprudencia, "la voluntad mayoritaria de un grupo de vecinos de segregar la parte del territorio de un término municipal en el que residen no es por si sólo determinante de la resolución de la Administración".

Argumenta, así, que la participación vecinal en consultas como la celebrada en Igeldo es "no vinculante" y sus resultados no pueden interpretarse "desde perspectivas electorales o plesbicitarias de mayorías relativas de electores favorables".

La Diputación no recurrirá

La Diputación de Gipuzkoa, gobernada por PNV y PSE/EE, ha anunciado que no recurrirá la sentencia.

"Mal acaba lo que mal empieza, todos sabíamos que el proceso no tuvo en cuenta las opiniones de todos los ciudadanos, que además no se respetaban las normas forales y que inclusive la consulta popular que se celebró en su día tampoco dejaba lugar a la formulación de otras preguntas", ha dicho el portavoz, Imanol Lasa, en un corte de voz remitido a los medios.

El portavoz foral ha opinado  que "todo el proceso" de desanexión de Igeldo ha sido "un cúmulo de despropósitos" ya que "la sentencia es clara" y "anula el decreto que en su día el anterior equipo foral firmó".

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