Economía -

Fin del plazo para dar el DNI

Último día para entregar el DNI en el banco: todo lo que debes saber

Los clientes que no estén debidamente identificados por su banco con una copia digital del DNI no podrán operar con sus cuentas, es decir, ni ingresar dinero, ni retirarlo, ni gestionarlo.

Hoy finaliza el plazo para presentar el DNI en el banco y evitar que te bloquee la cuenta
Hoy finaliza el plazo para presentar el DNI en el banco y evitar que te bloquee la cuenta
Si no digitalizan sus datos en el banco, sus cuentas serán bloqueadas

1:33

Agencias | Redacción

Whatsapp Facebook Twitter Telegram Email

Este jueves, 30 de abril, finaliza el plazo para que los clientes que han sido requeridos por su banco aporten copia de su DNI, si es que aún no lo han hecho, y eviten que sus cuentas queden bloqueadas a partir del 1 de mayo.

Así, los clientes que no estén debidamente identificados por su banco con una copia digital del DNI no podrán operar con sus cuentas, es decir, ni ingresar dinero, ni retirarlo, ni gestionarlo.

Sin embargo, si posteriormente aportan su documentación, podrán volver a operar con normalidad.

En el caso de los bancos vascos, todavía el 1 % de los clientes de Kutxabank debe presentar el DNI y aún no lo ha hecho, por lo que sus cuentas serán bloqueadas si no lo hacen durante el día de hoy, mientras que en Laboral Kutxa son 34.000, según fuentes de estas entidades. En todo el Estado, 7,5 millones de cuentas podrían ser bloqueadas, el 15% del total, según el portal Rankia.

El plazo para que las entidades bancarias cuenten con una copia digitalizada del DNI de todos sus clientes concluye este jueves irremediablemente sin que exista la posibilidad de prórroga, al ser un plazo fijado por Ley, según han explicado fuentes gubernamentales, que han recordado que las entidades bancarias han contado con cinco años para adaptarse a este requisito que deriva de Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo de 2010.

Los clientes de bancos, cajas y financieras de crédito deben facilitar a su entidad una copia del documento de identidad, así como información sobre la actividad profesional que llevan a cabo, si así se les requiere.

Según la ley, son las entidades las que tienen que contactar con el cliente, y no al revés, así que si alguien no ha sabido nada de su banco, en principio, puede estar tranquilo, pues la entidad tendrá en su poder todos los datos que necesita, incluida una copia del DNI.

Pero cuidado, también existe la posibilidad de que la entidad no haya logrado contactar con el cliente por haber mandado la carta a una dirección antigua, y éste, sin saber nada, se encuentre con la desagradable sorpresa de que no puede operar en sus cuentas después del 30 de abril.

¿Más ejemplos? también puede ocurrir que tengamos una segunda residencia y realicemos todos los trámites o pagos relacionados con ésta a través de una entidad diferente a la habitual, la cual puede haber enviado una carta a la casa de la playa o de la montaña, de la que no tenemos noticia alguna.

Y lo mismo puede ocurrir en infinidad de casos, como personas que residen temporalmente en el extranjero o ancianos que viven en una residencia pero conservan su vivienda.

Tres meses para regularizar la situación

En ese caso hay que dejar claro que el cliente no se quedaría sin su dinero, sino que no tendría posibilidad de operar con sus cuentas y dispondría de un máximo de tres meses para regularizar su situación.

Pasado este tiempo los clientes podrán seguir acudiendo al banco para desbloquear sus cuentas, pero el proceso será más complicado y se requerirán más trámites que la mera presentación del DNI.

Si te interesó esto, quizá te interesen estos otros temas
Actualidad Económica 2024