Política -

Juzgado de Pamplona

La juez rechaza remitir a la AN la causa de las dietas de la CAN

Sí acepta la inhibición solicitada por la Audiencia Nacional respecto al posible falseamiento de la contabilidad de la CAN por su relación con la posterior fusión en Banca Cívica y su salida a Bolsa.

Una concentración de Kontuz. Foto: EiTB
Una concentración de Kontuz.
Una concentración de Kontuz. Foto: EiTB

Redacción

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El Juzgado número 3 de Pamplona ha rechazado remitir a la Audiencia Nacional la investigación sobre las dietas de Caja Navarra (CAN) como había solicitado el juez Eloy Velasco para no dividir la causa abierta en el alto tribunal sobre la gestión de la entidad financiera.

La juez María Paz Benito también se ha pronunciado en contra de enviar a la Audiencia Nacional la investigación referente a los créditos concedidos a familiares de los responsables de la caja y empresas a tipos de interés inferiores al ordinario, al entender que esos hechos son conexos con la prevaricación por omisión atribuida al Gobierno de Navarra en la denuncia de la asociación Kontuz.

En el auto, la juez expone que "el pago y cobro de esas cantidades no constituyen un presunto delito societario" sino que podrían ser "un delito de cohecho, que es consustancial al delito de prevaricación por omisión cuya competencia se atribuye a este Juzgado".

A su juicio, "las personas que estaban recibiendo estos pagos presuntamente injustificados eran las mismas que debían llevar a cabo la labor de inspección de la gestión de la entidad pagadora y la definitiva calificación que se realice de ellos dependerá el curso de la causa".

La magistrada sí acepta la inhibición solicitada la Audiencia Nacional respecto al posible falseamiento de la contabilidad de la CAN por su relación con la posterior fusión en Banca Cívica y su salida a Bolsa.

Contra esta resolución no cabe recurso sin perjuicio de que pueda plantearse cuestión de competencia ante el Tribunal Supremo, según han informado fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN).

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