Política -

Sentencia

El TS absuelve a Mardaras por el atentado contra la sede de EiTB

El alto tribunal anula la condena de 29 años y medio de cárcel impuesta por la AN, al estimar el recurso de casación presentado por la joven.

Mardaras, durante el juicio en la Audiencia Nacional. EITB
Mardaras, durante el juicio en la Audiencia Nacional. EITB

EITB.EUS

Whatsapp Facebook Twitter Telegram Email

El Tribunal Supremo anula la condena de 29 años y medio de cárcel impuesta por la Audiencia Nacional a Oihana Mardaras por el atentado contra la sede central de EITB en Bilbao el 31 de diciembre de 2008, según la sentencia dada a conocer hoy por el alto tribunal.

El TS estima el recurso de casación de Mardaras al no considerar probado que participara en la colocación del artefacto explosivo instalado en una furgoneta que estalló junto al edificio de la radiotelevisión vasca, ni en la confección de la bomba, ni en el robo de un vehículo y detención ilegal de una persona cometidos en relación a la misma acción.

La AN basó su sentencia en la declaración que el otro condenado por este atentado, Ibai Beobide, prestó tras su detención, el hallazgo de huellas de la acusada en un piso que compartió con el miembro de ETA en la localidad francesa de Tours y de un plano marcado de Bilbao y Basauri que se encontró en el domicilio de su madre.

El alto tribunal subraya que la declaración Beobide no puede tomarse por válida, ya que fue realizada en sede policial pero no ratificada en sede judicial. El Supremo afirma, además, que el croquis que dibujó en su comparecencia ante la Policía sobre la ubicación de unos zulos "no era de lugares coincidentes con los del plano de Bilbao-Basurto" hallado en el registro de la casa de la madre de Mardaras.

"Aún admitiendo hipotéticas coincidencias (por ejemplo referirse a la misma zona geográfica) éstas carecen de base suficiente para inferir que la recurrente estuviere en el escenario de los hechos que esas grafías pudieran representar. En modo alguno tal inferencia podría tildarse de concluyente, excluyendo otras hipótesis alternativas, desde argumentos que impongan la lógica o la experiencia común", señala la sentencia.

Agrega que la certeza obtenida por la Audiencia Nacional para condenar no puede tenerse por objetiva, sino que fue una "intuición subjetiva, cuya firmeza de convicción no se compadece con las exigencias de la garantía constitucional de presunción de inocencia. Mardaras es absuelta de todos los delitos por los que fue condenada: estragos terroristas, robos con violencia y detención ilegal.

Mardaras sostuvo que no estaba en Bilbao el día del atentado

Oihana Mardaras fue condenada a 29 años y medio de cárcel en septiembre de 2014. Durante el juicio, la joven negó haber estado en Bilbao el día del atentado, ya que huyó a Francia a principios de 2008 "por la presión policial", y no "por ser militante de ETA".

Si te interesó esto, quizá te interesen estos otros temas
Última hora Tribunal Supremo Atentado Hoy