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Tribunal Supremo

Los abogados inician una vía judicial para liberar a decenas de presos

Los principales beneficiados serían los condenados de organizaciones como Segi, Gestoras Pro Amnistia o Askatasuna.

Manifestación contra la dispersión celebrada en Bilbao el pasado enero. Foto: EFE
Manifestación contra la dispersión celebrada en Bilbao el pasado enero. Foto: EFE
Manifestación contra la dispersión celebrada en Bilbao el pasado enero. Foto: EFE

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Dozenaka euskal preso askatzeko bide judiziala hasi dute abokatuek

Abogados de los presos vascos han iniciado una vía judicial en el Tribunal Supremo con el fin de lograr la reducción de penas de decenas de reclusos y su salida de la cárcel. El alto tribunal tiene en sus manos cinco recursos en los que se reclaman descuentos de condena en aplicación del nuevo Código Penal.

Según informa la agencia Europa Press citando fuentes jurídicas, en los escritos se solicita la aplicación de un nuevo artículo introducido en la norma que se estrenó el pasado mes de julio. El 579 bis 4 prevé atenuar en uno o dos grados de la condena cuando el hecho cometido sea "de menor gravedad, atendidos el medio empleado o el resultado producido".

Los letrados reclaman ante el Supremo después de que dos Secciones de la Audiencia Nacional rechazaran su pretensión inicial al entender que no se puede aplicar la modificación legal de forma retroactiva. Ahora, el alto tribunal debe decidir si admite a trámite sus solicitudes o las rechaza de plano.

No es la primera vez que los magistrados del Tribunal Supermo se topan con este nuevo precepto. En distintas resoluciones han aplicado ya la norma a favor del reo pero siempre en respuesta a un recurso planteado por una condena reciente.

Como ejemplo, el pasado mes de noviembre el alto tribunal absolvió a cinco miembros de Segi, al considerar que no estaba demostrada su militancia activa en la organización.

Ese mismo mes, el Supremo rebajó de 6 a 2 años de cárcel la condena por integración en organización terrorista a otros dos integrantes de Segi, al no constar que ejecutaran actos de violencia callejera ni impartieran directrices en dicho sentido.

Entonces el criterio fue la apreciación de que su actuación no había provocado "un miedo colectivo o situaciones de terror o de inseguridad". Tampoco “subvirtieron el orden constitucional o alteraron gravemente la paz pública”, decía la sentencia.

No obstante, las defensas de los presos vascos dan ahora un paso más y reclaman, por la vía del recurso de revisión, que el precepto se aplique a reclusos condenados hace años. Una compuerta que, en caso de abrirse, provocaría un previsible aluvión de peticiones de revisiones de penas.

Los principales beneficiados serían los condenados de aquellas organizaciones como Segi, Gestoras Pro Amnistia o Askatasuna.

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