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La Generalitat recurre al TC la suspensión de la reforma del reglamento

El Gobierno de Cataluña alega que ha habido un 'abuso de derecho' en la impugnación que realizó el Gobierno español al Tribunal Constitucional.

El presidente y vicepresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y Oriol Junqueras. Foto: EFE
El presidente y vicepresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y Oriol Junqueras. Foto: EFE
El presidente y vicepresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, y Oriol Junqueras. Foto: EFE

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Kataluniak helegitea aurkeztu du araudi aldaketa baliogabetzearen aurka

La Generalitat ha presentado hoy el recurso de súplica ante el Tribunal Constitucional para que retire la suspensión sobre la reforma del reglamento del Parlamento de Cataluña, alegando que se ha producido un "abuso de derecho" en la impugnación que realizó el Gobierno español.

Los abogados de la Generalitat ponen de manifiesto en el escrito que el procedimiento impugnado figura en otros parlamentos autonómicos y en el Congreso de los Diputados, por lo que creen que solo se ha impugnado por su posible futura finalidad: aprobar de forma exprés la ley del referéndum.

En el escrito, los abogados de la Generalitat razonan que resulta "desproporcionado, excesivo y abusivo"  acudir a la impugnación en sede constitucional de una norma como es el Reglamento de una cámara parlamentaria. En este sentido, piden al TC que no admita a trámite el recurso de inconstitucionalidad.

Si el recurso de súplica no surge efecto, los abogados avanzan que presentarán alegaciones para defender la "plena constitucionalidad" del artículo impugnado, reclamar la desestimación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto y pedir el levantamiento de la suspensión.

El pleno del Tribunal Constitucional (TC) suspendió este lunes cautelarmente la reforma del Reglamento del Parlament catalán con la que el Gobierno de Cataluña pretende tramitar de forma exprés el referéndum del 1 de octubre. Los magistrados acordaron por unanimidad admitir a trámite el recurso presentado por Gobierno español contra el artículo 135.2 de esa reforma, lo que conlleva automáticamente la suspensión de la norma mientras se pronuncian sobre el fondo del asunto, para lo que tienen un plazo de cinco meses.

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