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Agencia Tributaria de Cataluña

El Gobierno español sancionará a quienes tributen en la Hacienda catalana

El Ministerio de Hacienda advierte de que las declaraciones entregadas en la Agencia Tributaria de Cataluña se considerarán por no presentadas y la deuda, por no pagada.

El ministro español Critobal Montoro. Foto de archivo: EFE
El ministro español Critobal Montoro. Foto de archivo: EFE
El ministro español Critobal Montoro. Foto de archivo: EFE

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: Zergak Katalunian ordaintzen dituzten herritarrak zigortuko ditu Espainiak

El Ministerio de Hacienda ha advertido hoy con la posibilidad de imponer sanciones, que podrían llegar a la vía ejecutiva, es decir, embargos, o incluso derivar en responsabilidad penal, para las personas físicas y jurídicas que presenten las declaraciones de impuestos exclusivos del Estado en la Agencia Tributaria Catalana.

El departamento que dirige Cristóbal Montoro ha emitido hoy un comunicado, recogido por Europa Press, al hilo de la presentación de la Agencia Tributaria Catalana que han realizado esta mañana el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont y su vicepresidente, Oriol Junqueras. Ambos han asegurado que la citada Agencia está preparada para recaudar todos los tributos en Cataluña si sale el "sí" en el referéndum  independentista que quieren hacer el 1 de octubre.

Hacienda ha querido aclarar que la Generalitat de Cataluña, al igual de las demás CCAA de régimen común, dispone de su propia Administración Tributaria, que es competente para gestionar sus propios tributos y los tributos estatales cuya recaudación se cede íntegramente a las CCAA de régimen común.

Este es el caso del Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, los tributos sobre el Juego y el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Sin embargo, el Ministerio ha recordado que para el resto de tributos la normativa establece que los deberes de presentar las declaraciones y de pagar las deudas tributarias "sólo se tienen por cumplidos si se realizan en la Administración Tributaria competente".

Es decir, que si los contribuyentes presentan las declaraciones y liquidan sus impuestos ante otra Administración "las declaraciones se tendrán por no presentadas y las deudas, por no pagadas".

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