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RACISMO

La Policía podrá suspender un evento deportivo si se producen incidentes racistas, homófobos o xenófobos

El Coordinador de Seguridad podrá proponer al árbitro no iniciar, paralizar o suspender su celebración, así como desalojar parte o todo el recinto cuando tengan lugar sucesos que supongan o inciten a la violencia, o sean actos racistas, xenófobos o intolerantes.

El jugador del Real Madrid, Vinicius, en el partido que su equipo disputó contra el Valencia
El jugador del Real Madrid, Vinicius, en el partido que su equipo disputó contra el Valencia
El jugador del Real Madrid, Vinicius, en el partido que su equipo disputó contra el Valencia

EITB MEDIA

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Tras el aumento de incidentes racistas y de carácter violento y discriminatorio en los estadios deportivos, el Ministerio del Interior ha dictado una instrucción que permitirá suspender y desalojar cualquier evento deportivo en el que se produzcan incidentes racistas.

Según han detalldo, se vigilará tanto dentro de los estadios como en aledaños y medios de transportes si hay un intento de "atentar contra la dignidad del acosado y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo".

La instrucción recoge que en el caso de que ocurra un incidente racista, el Coordinador de Seguridad (un miembro de las Fuerzas de Seguridad) podrá proponer al árbitro o juez deportivo del evento no iniciar, paralizar o suspender su celebración, así como desalojar parte o todo el recinto para poner fin a los incidentes. Dicha suspensión puede ser temporal o definitiva.

¿Cuándo se podrá suspender un evento deportivo?

Según la instrucción de Interior, la lista de comportamientos que pueden originar la suspensión de una competición o el desalojo del público incluyen declaraciones, gestos o insultos proferidos en los mismos espacios deportivos.

También la entonación de cánticos, sonidos o consignas con mensajes vejatorios, ya sea por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, así como por motivos religiosos, orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales.

También se puede decidir la suspensión cuando una "persona física o jurídica emita declaraciones con intención de amplia difusión o transmita informaciones en las que una persona o grupo sea amenazada, insultada o vejada por razón del origen racial, étnico, geográfico o social, así como por la religión, las convicciones, la discapacidad, la edad, la orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales".

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