Autonómicas Vascas 2024 -

ELECCIONES

Me ha tocado formar parte de una mesa electoral y no puedo acudir: ¿Qué alegaciones se admiten?

Existe un listado de circunstancias que la ley admite como excusa para librarse de la mesa electoral, aunque otras dependen del criterio de la junta electoral para cada caso. Acudir a la mesa es de obligado cumplimiento, y quien no se presente se enfrentará a una sanción.

Irudia: EITB
Irudia: EITB
Irudia: EITB

EITB MEDIA

Whatsapp Facebook Twitter Telegram Email

Con la publicación del decreto que convoca las elecciones al Parlamento Vasco del 21 de abril, ya está en marcha toda la maquinaria. El siguiente paso será  designar a las personas que deberán formar parte de las mesas de votación. Según el calendario que establece la ley, el sorteo se llevará a cabo del 23 al 27 de marzo y la notificación deberá tener lugar entre el 24 y el 30 de ese mes.

Dado que el proceso de designación coincidirá con la Semana Santa, varios ayuntamientos ya han anunciado que propondrán un adelanto del sorteo. En las anteriores elecciones autonómicas, 24 102 personas fueron designadas para integrar las mesas, de las que 8034 fueron titulares y 16 068 suplentes.

Aunque presentarse a la cita electoral es de obligado cumplimiento, hay razones que pueden eximirnos de estar en una mesa electoral, pero deberán ser debidamente justificadas ante la junta. Ser mayor de 65 años y menor de 70 años permite renunciar a esta obligación y la aceptación se emite en el acto. Las persona mayores de 70 años quedan automáticamente fuera del sorteo.

Igualmente, motivo para que se tenga en cuenta nuestra renuncia pueden ser, entre otros, estar embarazada de más de seis meses, tener que acudir al hospital al día siguiente, tener una celebración familiar especial que no pueda cambiarse o tener que trabajar en algún sector especial, como el de los medios de comunicación que tengan que informar sobre la jornada electoral, pero solo en el caso de ser responsable de los informativos.

En ningún caso se podrá mercadear con esta obligación. La administración electoral castigará la compraventa si se entera que alguien ha pagado a otra persona para que ejerza su función en la mesa electoral.

Buscar a una persona sustituta será la última opción que tengan quienes no cumplan las condiciones para poder librarse de la obligación. Para ello, tendrán que buscar a alguien de la misma mesa electoral (es decir, alguna persona que viva en su portal o cerca) para poder presentarse frente a la Junta Electoral e intercambiar los papeles.

Quien no se presente a la mesa el día de las elecciones tras haber sido designado se enfrentará a una sanción administrativa, una multa o hasta un castigo de un año de prisión.

Si te interesó esto, quizá te interesen estos otros temas
Política Pueblos y Ciudades Bizkaia Gipuzkoa Araba-Álava Elecciones Autonómicas Vascas Titulares del día Noticias Elecciones