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Juicio

El abogado Enparantza reitera que la Guardia Civil mató a Jon Anza

La fiscal ha pedido que sea condenado a una multa de 5.760 euros por un delito de injurias a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado por sus manifestaciones en una rueda de prensa.

Vista general de la sala de la Audiencia Nacional donde se celebra el juicio. EFE
Vista general de la sala de la Audiencia Nacional donde se celebra el juicio. EFE

Redacción

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El abogado de miembros de ETA Jon Enparantza ha mantenido este jueves en un juicio por injurias a la Guardia Civil celebrado en la Audiencia Nacional que este Cuerpo mató en Francia al miembro de ETA Jon Anza y ha concluido diciendo: "Soy vasco, no español".

La fiscal ha pedido que sea condenado a una multa de 5.760 euros por un delito de injurias a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado por sus manifestaciones en una rueda de prensa celebrada el 13 de marzo de 2010 en la localidad francesa de Baiona, en la que acusó a la Guardia Civil de haber secuestrado y torturado hasta la muerte a Anza, tesis que el acusado ha mantenido hoy en la vista.

Según la Fiscalía, el miembro de ETA fue encontrado el 29 de abril de 2009 en un parque de Toulousse en parada cardiorrespiratoria y tras ser reanimado fue ingresado en el hospital de Purpan donde falleció el 11 de mayo pero hasta marzo de 2010. No se informó de que en la morgue se intentaba identificar un cadáver que podía pertenecer a Jon Anza, lo que se confirmó días después.

Enparantza ha hecho alusión hoy a "dos manos negras" que han impedido a su juicio esclarecer este caso, una la de las fuerzas de seguridad del Estado de España y otra la de las autoridades francesas para "cerrar en falso" un proceso contra cuyo archivo ha dicho que ya han presentado demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Su abogado defensor ha pedido la absolución de Enparantza al estimar que actuó sin querer menoscabar el honor de la Guardia Civil y en el ejercicio de su libertad de expresión como abogado de la familia de Anza y ha añadido que de apreciarse delito habría que aplicar la eximente de obrar en cumplimiento del deber de defensa o una atenuante por dilaciones indebidas en el procedimiento.

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