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El TC rechaza otro recurso de un preso de ETA contra la doctrina Parot

El Constitucional argumenta que el preso de ETA no cumplió la obligación de recurrir antes al Tribunal Supremo.

El Tribunal Constitucional.
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Redacción

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El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso de Jesús Díaz de Heredia Ruiz de Arbulo, uno de los presos de ETA que recurrió la aplicación de la "doctrina Parot" que alargó su estancia en prisión hasta 2016, ya que el recurrente no cumplió la obligación de recurrir antes al Tribunal Supremo (TS), según una sentencia hecha pública hoy.

El TC inadmite la petición del demandante, recordando que no ha agotado la vía judicial previa al Constitucional, ya que no ha hecho uso del recurso de casación ante el Supremo, como prevé la Ley de Enjuiciamiento Criminal para las resoluciones relativas a la acumulación de condenas impuestas en distintos procesos.

Jesús Díaz de Heredia fue condenado por la Audiencia Nacional a una pena de 29 años de reclusión mayor por el asesinato del subcomisario Agustín Ruiz Fernández de Retama y a otras dos que sumaban 16 años por pertenencia a banda armada y depósito de armas y explosivos.

El pasado mes de agosto, la sala del Tribunal Constitucional rechazó revisar la situación de 16 presos de ETA que en julio habían solicitado al TC que revisara su situación después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) amparara a Inés del Río por considerar irregular la aplicación de la "doctrina Parot".

El Constitucional argumentó que la resolución del TEDH no era definitiva porque cabía recurso contra ella, que ha presentado España.

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