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LEcrim

Interior pretende ordenar escuchas sin la autorización de un juez

Además, según establece la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, se ampliará la interceptación de comunicaciones, que afectará a WhatsApp, SMS, escuchas ambientales y escuchas en domicilios.

Redacción

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El ministro del Interior o el secretario de Estado de Seguridad podrán acordar la intervención de las comunicaciones "en casos de urgencia" sin necesidad de contar con la autorización previa de un juez, según establece la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LEcrim) aprobada este viernes por el Consejo de Ministros.

La nueva norma establecerá que ambos altos cargos del Ministerio podrán ordenar que se practiquen escuchas, que deberán comunicar en 24 horas desde su inicio al magistrado. Éste contará con un plazo de 72 horas para revocar o confirmar la actuación.

El anteproyecto impone un límite para el borrado o la eliminación de las grabaciones con el fin de evitar dañar de forma "irreparable" la intimidad del afectado, ha precisado Justicia en una nota de prensa, en la que no se precisa este plazo.

La nueva norma ampliará la interceptación de comunicaciones -que afectará a WhatsApp, SMS, escuchas ambientales y escuchas en domicilios- con la autorización judicial en la que deberán valorarse principios de especialidad, excepcionalidad, idoneidad y proporcionalidad. Esta intervención de comunicación tendrá un plazo máximo de dos años.

El Ministerio ha aclarado que la autorización podrá ser concedida cuando la investigación tenga por objeto la investigación de delitos castigados con penas de al menos tres años de prisión; los cometidos en el seno de un grupo u organización criminal; los de terrorismo; y los cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la telecomunicación.

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