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El TSJN condena al Ayuntamiento de Alsasua por colocar la ikurriña

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha desestimado las alegaciones planteadas por el Consistorio.

Una manifestación en Pamplona/Iruñea en defensa de la ikurriña. Foto de archivo
Una manifestación en Pamplona/Iruñea en defensa de la ikurriña. Foto de archivo
Una manifestación en Pamplona/Iruñea en defensa de la ikurriña. Foto de archivo

AGENCIAS | REDACCIÓN

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Euskaraz irakurri: Altsasuko Udala zigortu dute, ikurrina jartzeagatik

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha desestimado el recurso de apelación del Ayuntamiento de Alsasua y confirmado la condena interpuesta en su día por colocar la ikurriña.

El consistorio recurrió al TSJN la sentencia dictada por el Juzgado Contencioso Administrativo, al que recurrió el Gobierno de Navarra después de que el Ayuntamiento incumpliera la Orden Foral dictada en marzo de 2014 por el departamento de Administración Local ordenando la retirada de la ikurriña que ondeaba en la intersección de las calles Zelai y San Juan.

La sala desestima las alegaciones planteadas por el Consistorio y en las que éste afirmaba que la ley "no prohíbe la colocación de la ikurriña en bienes de uso público" y además el Ayuntamiento "no ha intervenido en la colocación de los mástiles ni el izado de banderas".

Para el TSJN es sin embargo un "fraude de ley" que se colocara la ikurriña en un lugar distinto a la Casa Consistorial puesto que "contraviene la prohibición implícita en el mandato" de la ley de 2003 cuando alude a la "obligación" de exhibir la bandera de Navarra, por lo que, "a sensu contrario comporta la prohibición de colocación de cualquier otra".

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