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Exministro de Justicia

El TC anula las tasas a personas jurídicas impuestas por Gallardón

El Tribunal Constitucional, que ha estimado parcialmente un recurso presentado por el PSOE, las ha declarado inconstitucionales.

Alberto Ruiz-Gallardón. Foto: EFE.
Alberto Ruiz-Gallardón. Foto: EFE.
Alberto Ruiz-Gallardón. Foto: EFE.

Agencias | Redacción

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Euskaraz irakurri: Gallardonek pertsona juridikoei ezarritako tasak baliogabetu dituzte

El Tribunal Constitucional ha declarado nulas por inconstitucionales las tasas judiciales impuestas a las personas jurídicas impulsadas en su momento por el exministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, según han informado a Europa Press fuentes jurídicas.

En una sentencia adoptada por unanimidad, ha estimado parcialmente el recurso presentado por el PSOE y declara inconstitucionales las tasas fijadas tanto para el acceso a la jurisdicción como para la interposición de recursos por considerar que dichos gravámenes, aprobados en noviembre de 2012, vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva.

En concreto, el TC anula los incisos del artículo 7.1 de la ley que prevé las cuotas fijas de 200 euros para interponer el recurso contencioso-administrativo abreviado y la de 350 euros para interponer el recurso contencioso-administrativo ordinario. Declara nula también la cuota de 800 euros para promover recurso de apelación, la de 1.200 euros para los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal en el orden civil y las tasas para el recurso de suplicación (500 euros) y el de casación, en cualquiera de sus modalidades (750 euros).

El tribunal tumba también el artículo 7.2, que impone una cuota variable cuya cuantía será la que resulte de aplicar al valor económico del litigio el tipo de gravamen que corresponda, en sintonía con lo demandado por profesionales del mundo de la judicatura, sindicatos y consumidores que rechazaron la normativa desde el mismo momento de su aprobación llegando incluso a crear la plataforma 'Justicia para Todos' en su contra.

No vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva

No obstante el TC, que advierte que los efectos de su decisión afectarán a nuevos supuestos o procedimientos donde no haya resolución firme, considera que el establecimiento de tasas para el ejercicio de acciones judiciales en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social no vulnera, en sí mismo, el derecho fundamental de los ciudadanos a la tutela judicial efectiva, no incumple el mandato de sometimiento de la Administración al control judicial ni tampoco el principio de gratuidad de la Justicia.

El Sindicato Independiente de Secretarios Judiciales (SISEJ) ha aplaudido la decisión del TC, ya que es una "buena noticia" para los ciudadanos y para el sistema judicial: "La derogación de esta normativa hace obvio el fracaso social, político y de gestión", ha dicho el sindicato en un comunicado.

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