Cerrar

Radio

Radio Euskadi

Boulevard Magazine

Pamplona

23 años de litigio con el Ayuntamiento de Pamplona por una multa

O.V. | Radio Euskadi

En 1997 comenzó una larga historia, que nos lleva de una simple multa por aparcar en doble fila a la indemnización de 2 millones y medio de euros que solicita el infractor.

  • Ayuntamiento de Pamploa. Foto: Mikel Arana

    Ayuntamiento de Pamploa. Foto: Mikel Arana

    16:17 min
imagen player
imagen player
imagen player

La historia comienza con una multa en 1997 por aparcar en doble fila. Como el infractor no pagaba el Ayuntamiento de Pamplona retuvo 119, 92 euros de la declaración de la Renta del año 2000 para satisfacer la deuda. El infractor recurrió y el Tribunal Administrativo de Navarra le dio la razón en 2004 al entender que la ejecución de la infracción había prescrito. Y se anuló el embargo. Sin embargo, el ayuntamiento no devolvió ese embargo hasta 15 años después. Según el ayuntamiento, porque el infractor no había facilitado un número de cuenta. El conductor demandó entonces al consistorio por daños y perjuicios por valor de 2 millones y medio de euros.

José Francisco Alenza, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Pública de Navarra, explica en "Boulevard Magazine" de Radio Euskadi las peculiaridades del caso, en las que por una parte está "la dejadez y la inacción del Ayuntamiento de Pamplona para cumplir sus obligaciones" y por otra tenemos a un "ciudadano pertinaz".

Para entender este caso, habría que diferenciar dos fases: la multa, el recurso favorable y esa posterior reclamación por daños y perjuicios, "no se anula la infracción, prescribe la sanción. En el año 2004 tendría que haberse zanjado el asunto con la devolución" explica José Francisco Alenza. 

El conductor "reclama en 2005 y en 2019 la devolución" del importe retenido de la declaración de la renta. Ahora reclama 2 millones y medio de euros por "daños al honor y daños morales" pero hay que ver "si existen los daños y valorar la cuantificación" pero el "Consejo de Navarra no valora la cuantificación porque entiende que esos daños morales no se han producido".

En este punto, el "Ayuntamiento debería responder y luego el ciudadano podría recurrir en el plazo de 2 meses para ir a los tribunales y tener una sentencia".