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Juicio
Javier Krahe, absuelto de ofender los sentimientos religiosos
El fiscal pidió la absolución de ambos acusados en el juicio, al considerar que el vídeo titulado "cómo cocinar un Cristo para dos personas" podía ser ofensivo, pero no delito.
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Javier Krahe, durante el juicio. Foto: EFE
El Juzgado de lo Penal número 8 de Madrid ha absuelto al cantautor Javier Krahe de un delito contra los sentimientos religiosos por su participación en un vídeo emitido en 2004 sobre "cómo cocinar un Cristo para dos personas".
Según una sentencia notificada hoy, el Juzgado ha absuelto también a la productora del programa "Lo + Plus" de Canal Plus Montserrat Fernández Villa, donde fue emitido el vídeo. En el juicio celebrado el pasado 28 de mayo, el fiscal pidió la absolución de ambos acusados al considerar que el vídeo podía ser ofensivo, pero no delito.
El Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro se querelló contra Krahe y Fernández Villa por entender que el vídeo era constitutivo de un delito contra los sentimientos religiosos recogido en el artículo 525 del Código Penal y solicitó que se les impusieran multas de 144.000 euros y 72.000 euros, respectivamente.
"Hay en el corto emitido un inequívoco sentido satírico, provocador y crítico pero no el de ofender que pretende la acusación", asegura en la sentencia notificada hoy el titular del Juzgado, Jacobo Vigil Levi. Agrega la sentencia, que la conducta de Fernández, al emitir las imágenes del vídeo, constituyó "el legítimo ejercicio y difusión de una expresión artística que, con un componente burlesco, hizo una crítica del fenómeno religioso en nuestra sociedad".